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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (15/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497174 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencias Financieras en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, para el financiamiento de proyectos de inversión pública de saneamiento DECRETO SUPREMO Nº 123-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; así como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente; y en el caso de que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante decreto supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio, los cuales se administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos y el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio; así como, en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, precisando que dichas transferencias se realizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, a través del Memorándum N° 530-2013- VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, solicita gestionar el dispositivo que autorice la transferencia de recursos por el importe de TRECE MILLONES NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 091 531,00), a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de tres (03) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, los cuales se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, precisando que se cuenta con los respectivos Convenios suscritos; Que, asimismo, mediante Memorándum N° 542- 2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la referida Dirección Ejecutiva, solicita gestionar el dispositivo que autorice la transferencia de recursos por el importe de DOCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 555 346,00), a favor de diversos Gobiernos Locales y Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para el fi nanciamiento de la continuidad de la ejecución de seis (06) proyectos de inversión pública de saneamiento, de los cuales DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 347 353,00), corresponden al fi nanciamiento de tres (03) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 207 993,00), al fi nanciamiento de tres (03) proyectos de inversión pública de saneamiento rural; los cuales se encuentran en ejecución en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública, contando con las Adendas a los Convenios suscritos; Que, mediante Memorándums Nºs. 1065 y 1089-2013/ VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de las transferencias de recursos referidas en los considerandos precedentes, y precisa que los proyectos a fi nanciar se encuentran declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP y que se han suscrito los Convenios y/o addendas correspondientes; en mérito de lo cual, con Ofi cios Nºs. 1049 y 1077-2013-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de dichos recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales hasta por la suma total de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 535 546,00), y una Transferencia Financiera por la suma de OCHO MILLONES CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 111 331,00), a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, con cargo al Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidades Ejecutoras 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programas Presupuestales 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución de nueve (09) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 29951; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el