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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de marzo de 2013 490017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial II – Director, Categoría F-3 de la Dirección de Mercado Laboral y Previsional Privados de la Dirección General de Mercados Financieros, Laboral y Previsional Privados del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a la señorita Adriana Milagros Mindreau Zelasco, en el cargo clasifi cado como Servidor Público - Directivo Superior, Director de Programa Sectorial II - Director, Categoría F-3 de la Dirección de Mercado Laboral y Previsional Privados de la Dirección General de Mercados Financieros, Laboral y Previsional Privados del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 907132-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan representantes titulares y alternos del Ministerio ante la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0052-2013-JUS Lima, 1 de marzo de 2013 Que, mediante Resolución Ministerial N° 0200-2009- JUS se designó al señor abogado Alemán Fernando Absalón de Lama, como Representante Titular del Ministerio de Justicia ante la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados; Que, con carta de fecha 01 de marzo de 2013, el señor abogado Alemán Fernando Absalón de Lama ha formulado renuncia a la citada designación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0200-2009- JUS se designó al señor abogado Miguel Lizardo Carrillo García, Abogado IV de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica - Nivel SPA, como Representante Alterno del Ministerio de Justicia ante la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL