Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2013 (03/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de marzo de 2013

en buenas condiciones. Las mercancias deben permanecer bajo control aduanero en el MORDAZA de transito. 18. Las mercancias originarias cuando corresponda pueden ser transportadas por tuberias a traves de territorios diferentes a aquellos de Peru o un Estado Miembro de la Union Europea. 19. Para acreditar el transporte directo, el importador, debe presentar, a solicitud de la autoridad aduanera: (a) Documentos de transporte tales como la guia aerea, el conocimiento de embarque, manifiesto de carga o documento de transporte multimodal o combinado, que certifique el transporte desde el MORDAZA de origen hasta el MORDAZA de importacion, segun sea el caso; (b) Documentos aduaneros que autoricen el transbordo o almacenamiento temporal; (c) A falta de lo anterior, cualquier documento de respaldo. Solicitud del TPI 20. El TPI 812 es solicitado al momento del despacho por el despachador de aduana, para lo cual debe tener en su poder la siguiente documentacion: (a) La prueba de origen emitida de conformidad con el Anexo II del Acuerdo; (b) Los documentos senalados en el numeral 19 de esta Seccion, que demuestren que las mercancias han sido transportadas desde un Estado Miembro de la Union Europea hacia el Peru; y, (c) La demas documentacion requerida en una importacion para el consumo. 21.Cuando se importen de manera fraccionada mercancias desmontadas o sin ensamblar, segun las disposiciones de la Regla General Interpretativa 2(a) del Sistema Armonizado, clasificadas en las Secciones XVI, XVII o las Partidas 73.08 y 94.06, el importador puede nacionalizar la mercancia completa con una unica prueba de origen. 22.En el formato A de la declaracion aduanera de mercancias, el despachador de aduana debe consignar ademas de otros datos requeridos para una importacion para el consumo, lo siguiente: - MORDAZA 7.9:Numero y fecha del certificado de circulacion EUR.1 o de la declaracion de origen que ampara la mercancia negociada. En el caso que la declaracion de origen no este provista de un numero que la identifique se debe consignar s/n, y la fecha que corresponde sera la del documento comercial que la contiene; - MORDAZA 7.19:Subpartida Nacional de la mercancia de acuerdo al Arancel Nacional de Aduanas vigente; - MORDAZA 7.22:Tipo de Margen (TM): se consigna el codigo del MORDAZA de margen que aparece en el MORDAZA de la SUNAT. En caso la subpartida nacional no tenga TM no se llena esta casilla; - MORDAZA 7.23:Codigo del TPI 812; - MORDAZA 7.26:Pais de Origen: AT (Austria), BE (Belgica), BG (Bulgaria), CY (Chipre), CZ (Republica Checa), DE (Alemania), DK (Dinamarca), EE (Estonia), ES (Espana), FI (Finlandia), FR (Francia), GB (Reino Unido), GR (Grecia), HU (Hungria), IE (Irlanda), IT (Italia), LT (Lituania), LU (Luxemburgo), LV (Letonia), MT (Malta), NL (Paises Bajos), PL (Polonia), PT (Portugal), RO (Rumania), SE (Suecia), SI (Eslovenia) o SK (Eslovaquia). Adicionalmente, se trasmite por via electronica la siguiente informacion en los MORDAZA respectivos: - MORDAZA de Certificado: 1: Certificado de circulacion EUR.1; o, 5: Declaracion de Origen; - Nombre del Emisor del Certificado. Aplica solo para la declaracion de origen cuando su emisor no es un exportador autorizado; - Numero de Autorizacion del Exportador Autorizado. Aplica solo para la declaracion de origen emitida por un exportador autorizado; - MORDAZA Valor Total en Factura. Aplica solo cuando el emisor de la declaracion de origen no es un exportador autorizado, y corresponde al valor total que figura en la factura o documento comercial en donde conste la declaracion de origen; - MORDAZA Moneda del Valor en Factura. Aplica solo cuando el emisor de la declaracion de origen no es un

exportador autorizado, y corresponde a la moneda del valor total en factura o documento comercial en donde conste la declaracion de origen; y - MORDAZA, transbordo o almacenamiento en un tercer pais: 1: Si hubo MORDAZA o transbordo en un tercer pais; 2: Si no hubo MORDAZA, transbordo o almacenamiento en un tercer pais; o 3: Si hubo almacenamiento en un tercer pais. 23. Cuando se trate de una Declaracion Simplificada (DS), se debe consignar, ademas de otros datos requeridos para una importacion para el consumo, lo siguiente: - MORDAZA 6.2: Subpartida nacional de la mercancia; - MORDAZA 6.9: TPI 812; - Numero de Certificado de circulacion EUR.1 o Declaracion de Origen. Solo en caso que la Declaracion de Origen no este provista de un numero que la identifique, se debe consignar s/n; - Fecha de Certificado de circulacion EUR.1 o Declaracion de Origen; - MORDAZA de Margen; - MORDAZA de Origen; - MORDAZA de Certificado de Origen; - Nombre del Emisor del Certificado. Aplica solo para la Declaracion de Origen cuando su emisor no es un exportador autorizado; - Numero de Autorizacion del Exportador Autorizado. Aplica solo para la Declaracion de Origen emitida por un exportador autorizado; - MORDAZA Nombre del proveedor; - MORDAZA Valor Total en Factura. Aplica solo cuando el emisor de la declaracion de origen no es un exportador autorizado, y corresponde al valor total que figura en la factura o documento comercial en donde conste la declaracion de origen; - MORDAZA Moneda del Valor en Factura. Aplica solo cuando el emisor de la declaracion de origen no es un exportador autorizado, y corresponde a la moneda del valor total en factura o documento comercial en donde conste la declaracion de origen; y - MORDAZA, transbordo o almacenamiento en un tercer pais. 24. Las mercancias originarias y procedentes de Ceuta y Melilla podran acogerse al TPI 812, siempre que cumplan las condiciones establecidas en el articulo 36 del Anexo II del Acuerdo, asi como lo senalado en el presente procedimiento en lo que corresponda. MORDAZA del certificado de circulacion EUR.1 o de la declaracion de origen 25. Cuando el despacho de importacion para el consumo sea seleccionado a revision documentaria o reconocimiento fisico o cuando la autoridad aduanera lo solicite, el despachador de aduana debe presentar fotocopia autenticada del certificado de circulacion EUR.1 o de la declaracion de origen, segun corresponda, o el original, si el tramite del despacho lo realiza el importador. No obstante, el funcionario aduanero puede solicitar se acompane el original del certificado de circulacion EUR.1 a efectos de verificar las instrucciones de impresion contenidas en el Apendice 3 del Anexo II del Acuerdo. Control de la solicitud del TPI 26. El funcionario aduanero designado verifica que: (a) La prueba de origen MORDAZA sido emitida de conformidad con el Anexo II del Acuerdo; (b) La mercancia MORDAZA sido transportada directamente desde un Estado Miembro de la Union Europea hacia el Peru, para lo cual solicita los documentos senalados en el numeral 19 de esta Seccion, de corresponder; y, (c) La mercancia amparada en la prueba de origen corresponda a la mercancia negociada con preferencias arancelarias y a la senalada en la factura comercial que se acompana para el despacho aduanero. 27. Si la prueba de origen contiene errores formales evidentes, tales como los errores de mecanografia, no es rechazada, salvo que se trate de errores que puedan generar dudas sobre la exactitud de la afirmacion contenida en ella.

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