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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2013 (27/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de marzo de 2013 491661 coordinación permanente con entidades del sector público en los temas relacionados a la política comercial y a las materias que se tratan en dichos sub-comités y grupos de trabajo APEC; Que, durante las referidas reuniones el Perú tendrá la oportunidad de sostener reuniones bilaterales ministeriales con nuestros principales socios comerciales, las que en los últimos años han permitido anunciar nuevas negociaciones; por otro lado, siendo una de las prioridades el Avance hacia las Metas de Bogor, el Crecimiento Inclusivo con Equidad y la Conectividad en la Región Asia-Pacífi co, se han propuesto para esta última tres iniciativas, en las que el MINCETUR ha trabajado y viene apoyando por ser de interés nacional, teniendo en cuenta que será la temática del Perú en el año 2016, cuando sea el país anfi trión de las reuniones de APEC; Que, por lo expuesto, es importante la participación de un representante del MINCETUR en dichas reuniones, a fi n de generar contactos bilaterales con otros miembros para incluir temas de interés del Perú en la agenda futura, progresando en las reuniones bilaterales respecto de acuerdos comerciales y de cooperación, estableciendo contactos con funcionarios de países del Asia Pacífi co para promover el apoyo a los asuntos de interés del Perú en APEC, así como promover la cooperación en las áreas comercial y de inversión con el Asia-Pacífi co; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y del señor Marcio Augusto De La Cruz Gómez, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Surabaya, República de Indonesia, del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, del 06 al 23 de abril de 2013, y del señor Marcio Augusto De La Cruz Gómez, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, del 07 al 21 de abril de 2013, para que en representación del MINCETUR participen en la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM II) y reuniones conexas, y en la Reunión de Ministros Responsables de Comercio (MRT) del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífi co – APEC a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Julio José Chan Sánchez (del 6 al 23 de abril de 2013): Pasajes : US$ 3 181,75 Viáticos (US$ 260,00 x 15 días) : US$ 3 900,00 Marcio Augusto De La Cruz Gómez (del 7 al 21 de abril de 2013): Pasajes : US$ 3 181,75 Viáticos (US$ 260,00 x 12 días) : US$ 3 120,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 916570-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales para las intervenciones sanitarias en el marco de los programas presupuestales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 057-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobaron los Presupuestos Institucionales de los Pliegos 011, Ministerio de Salud y 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; Que, el artículo 19° de la citada Ley establece que en el presupuesto del pliego Ministerio de Salud, se consigne el monto de S/. 150 093 378,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser transferidos a los Gobiernos Regionales, para las intervenciones de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis y Enfermedades No Transmisibles; Que, asimismo el precitado artículo 19° de la Ley Nº 29951 señala que en el presupuesto del pliego Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas se ha consignado el monto de S/. 21 811 897,00 (VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con el objeto de transferirlo a los pliegos Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales, para efecto del programa presupuestal Prevención y Control del Cáncer; Que, para efecto de lo establecido en los párrafos precedentes el mencionado artículo 19° de la Ley Nº 29951, señala que las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional se realizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, previa aprobación por parte del Ministerio de Salud de un plan de equipamiento de los establecimientos de salud a cargo de los gobiernos regionales a más tardar el 30 de marzo de 2013; Que, con Resolución Ministerial Nº 152-2013/ MINSA, se aprobó los “Planes de Equipamiento de