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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2013 (01/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 1 de mayo de 2013 493922 por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución Nº 020-2011/SBN, se publicó con fecha 15 de diciembre de 2012, en el Diario Ofi cial El Peruano y con fecha 05 de enero de 2013, en el Diario Correo de Moquegua, así como en la página Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa con el precio a valor comercial del predio antes descrito, con la fi nalidad de que los terceros que se consideren afectados en algún derecho real que tuvieran sobre el predio materia de venta, pudieran formular oposición debidamente sustentada, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de efectuada la última publicación; Que, mediante Memorándum Nº 115-2013/SBN- SG-UTD, de fecha 20 de febrero de 2013, la Unidad de Trámite Documentario de esta Superintendencia informa que no se han presentado oposiciones al aviso publicado en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, mediante Memorándum Nº 210-2013/SBN-PP, de fecha 12 de abril del 2013, la Ofi cina de Procuraduría Publica, informa que no existen procesos judiciales, sobre el predio materia de venta; Que, la presente la adjudicación en venta directa, se encuentra sujeta a causal de reversión en caso de incumplimiento en la ejecución del proyecto petroquímico de interés nacional, dado que su ejecución es la que amerita la presente adjudicación en venta directa; asimismo, el plazo para la ejecución del proyecto debe establecerse hasta el 21 de marzo de 2017, fecha en la cual se cumple, el plazo otorgado por el Gobierno Regional de Moquegua, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 074-2012-GR/MOQ del 31 de enero de 2012, complementada por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 329-2012-GR/MOQ del 21 de marzo de 2012, para que el predio sea destinado a un Complejo Petroquímico de Desarrollo Descentralizado, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 443-2009-MEM/DM, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 443-2009- MEM/DM Nº 192-2012-MEM/DM; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 025- 2013/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 12 de abril de 2013, la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario opina favorablemente por la adjudicación en venta directa del citado predio a favor de la empresa Orica Nitratos Perú S.A., dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal b) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151; Que, mediante Memorándum Nº 9231-2011/SBN- OAJ, de fecha 20 de julio de 2011, ratifi cado mediante Memorándum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de julio de 2011, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión respecto a que las funciones y competencias materia de administración y adjudicación de terrenos urbanos y eriazos del Estado continúan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestión administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacío legal en materia de competencias; Que, mediante Memorándum Nº 9259-2011/SBN- SG, de fecha 21 de julio de 2011, ratifi cado con Proveído Nº 530-2011/SBN-SG, de fecha 26 de julio de 2011, la Secretaria General de esta Superintendencia dispone que la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal y sus respectivas áreas continúen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretación realizada en el documento del párrafo anterior; Que, mediante Memorándum Nº 10363-2011/SBN- DGPE, de fecha 16 de agosto de 2011, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, en su condición de superior jerárquico de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario y órgano de línea de ámbito nacional encargado de planifi car, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administración de los bienes estatales a cargo de la SBN, también ha ratifi cado la competencia de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario para seguir ejecutando las funciones de su competencia hasta el momento en que se efectivice las transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Memorándum Nº 481-2013/SBN- DGPE, de fecha 16 de abril de 2013, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el segundo considerando de la presente Resolución; Que, mediante Memorándum Nº 211-2013/SBN-OAJ, de fecha 19 de abril de 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que encuentra conforme el trámite de la venta por causal del predio descrito en el segundo considerando de la presente Resolución; Que, mediante Memorándum Nº 0057-2013/SBN, de fecha 22 de abril de 2013, la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta por causal del predio submateria, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva Nº 003-2011/SBN aprobada por la Resolución Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta directa por la causal para la ejecución de un proyecto de interés nacional, establecida en el literal b) del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 013- 2012-VIVIENDA, del predio de 163.3475 has., ubicado en la zona denominada “Lomas de Ilo”, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, debidamente inscrito en la Partida Nº 11014819 del Registro de Predios de Ilo y en el Registro SINABIP Nº 1165 de Moquegua, a favor de la empresa Orica Nitratos Perú S.A., para ser destinado a la construcción y operación de una Planta Petroquímica Intermedia, destinada a la producción de nitrato de amonio en grado industrial, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 351-2012-PRODUCE del 30 de julio de 2012, que declaró de interés nacional y la viabilidad del proyecto petroquímico de la empresa Orica Nitratos Perú S.A. Artículo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de S/. 1 565,685.02 (Un millón quinientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cinco con 02/100 nuevos soles), conforme a la valorización efectuada por la empresa MDS Consultores y Asociados S.A.C., precio que debe ser cancelado en un plazo de treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4º.- El predio materia de la presente resolución revertirá automáticamente al dominio del Estado, sin necesidad de declaración judicial o extrajudicial previa, en caso la empresa Orica Nitratos Perú S.A., comunique a la SBN sobre la inviabilidad del proyecto o que no inicie, por cualquier motivo ajeno o no a su voluntad, los trabajos y/o labores de construcción signifi cativas del proyecto en el predio materia de transferencia, hasta el 21 de marzo de 2017, sin obligación de reembolso alguno a favor de la adjudicataria. Artículo 5º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en representación del Estado, otorgará la respectiva Escritura Pública de transferencia a favor de la empresa Orica Nitratos Perú S.A., una vez cancelado el precio de venta del predio. Artículo 6º.- La Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, Ofi cina Registral de Ilo, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos inscribirá en el Registro de la Propiedad Inmueble la transferencia de propiedad a favor de la empresa Orica Nitratos Perú S.A. y como carga la reversión indicada en el Artículo 4º de la presente Resolución, conforme a los términos y condiciones que se incorporen en la respectiva escritura pública de Compraventa a ser fi rmada entre la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y Orica Nitratos Perú S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL PILAR PINEDA FLORES Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 930903-1