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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2013 (01/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Miércoles 1 de mayo de 2013 493929 1994= 100,00, correspondiente al mes de abril de 2013, así como su variación mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2013 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL 206,605903 206,762562 207,345341 207,444568 -0,78 0,08 0,28 0,05 -0,78 -0,70 -0,42 -0,37 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril de 2013. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 931875-2 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen inscripción de valores denominados “Tercera Emisión de Certificados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 038-2013-SMV/11.1 Lima, 24 de abril de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013014037, así como el Informe Interno N° 417-2013-SMV/11.1 del 24 de abril de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 17 de abril de 2013, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. solicitó la inscripción de los valores denominados “Tercera Emisión de Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.”, por un monto máximo en circulación de S/. 20`000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente Prospecto Marco Complementario en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la revisión de la documentación e información presentada como sustento de la solicitud a la que se refi ere el considerando precedente, se ha verifi cado que por Acuerdo de Directorio Nº 417-2010 del 13 de diciembre de 2010 se aprobó el “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A.”, hasta por un monto de S/. 150`000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles). Que, asimismo, mediante Acuerdo de Directorio Nº 149-2012 del 14 de junio de 2012 se delegaron facultades a los gerentes para que autoricen la emisión de valores y suscriban sin restricciones los contratos, adendas, correspondencia y documentos en general, públicos y privados que resulten necesarios para la celebración y ejecución de la estructuración del programa anteriormente señalado; Que, el programa antes indicado cuenta con la aprobación previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, puesto que mediante Resolución SBS Nº 8028-2011 de fecha 13 de junio de 2011 opinó favorablemente para la emisión del “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45´000,000.00 (Cuarenta y cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, sin garantía de cartera crediticia; Que, el 13 de abril de 2012, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Conductas Nº 034-2012-SMV/11.1 se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45 000 000.00 (Cuarenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, y el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10, y sus normas complementarias; Que, el artículo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores y sus normas modifi catorias, así como a lo establecido por el artículo 46°, numerales 4 y 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias, así como evaluar y/o resolver todo trámite vinculado a dichas ofertas y disponer la inscripción de valores en el Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Tercera Emisión de Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” correspondiente al “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 20’000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a cuya inscripción se contrae la presente Resolución, deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25º y, de ser el caso, por el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refi eren los artículos 23º y 24º del mencionado Reglamento. La colocación de dichos valores se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público