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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2013 (09/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Jueves 9 de mayo de 2013 494434 mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Julio Hernán Garro Gálvez 1,398.00 240.00 2 + 1 720.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en su participación en la referida reunión. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 934639-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0487/RE-2013 Lima, 7 de mayo de 2013 VISTA: La carta SG/R/A.3/125/2013, del Director General a.i. de la Secretaría General de la Comunidad Andina, de 11 de abril de 2013, mediante la cual solicita la acreditación de la delegación del Perú ante el IV Foro Andino de Migración, a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 9 al 10 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM) es un órgano permanente de la Comisión de la Comunidad Andina, encargado de emitir opinión técnica y asesorar a la Comisión y a la Secretaría General en temas migratorios; Que, siendo el IV Foro Andino de Migración, un punto de la agenda consensuada en la XIV Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM), llevada a cabo el pasado mes de febrero, se constituye como un espacio de diálogo, para los Estados miembros, para tratar temas principales de la agenda migratoria subregional y regional, en el marco de la construcción de la ciudadanía sudamericana en UNASUR; Que, en vista de los importancia de los temas que se tratarán en el marco del IV Foro Andino de Migración, resulta necesaria la participación de un funcionario de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2008, del Despacho Viceministerial, de 10 de abril de 2013; y el Memorándum (DGC) Nº DGC0291/2013, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 10 de abril de 2013, y (OPR) Nº OPR0241/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 3 de mayo de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Fernando Julio Antonio Quirós Campos, Director de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 9 al 10 de mayo de 2013, para que participe en el IV Foro Andino de Migración. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774: Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo presentar rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Fernando Julio Antonio Quirós Campos 1,588.00 200.00 2 + 1 600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 934640-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2013-SA Lima, 8 de mayo del 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema