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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2013 (09/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Jueves 9 de mayo de 2013 494426 RELACIONES EXTERIORES Disponen el cierre del Consulado General del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia DECRETO SUPREMO Nº 022-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 195-2010/ RE, de 14 de mayo de 2010, se elevó de categoría a la Sección Consular de la Embajada del Perú en Estocolmo a Consulado General; Que, por Resolución Suprema Nº 125-2012-RE, de 24 de mayo de 2012, se dispuso la reapertura de la Embajada del Perú en el Reino de Suecia, con sede en la ciudad de Estocolmo; Que, los servicios consulares a favor de los aproximadamente 12,000 connacionales que conforman la comunidad peruana asentada en la región de Escandinavia, serán brindados por la nueva Sección Consular que funciona al interior de la mencionada Embajada; Que, es conveniente para los intereses del Estado peruano disponer el cierre del Consulado General del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia, creada por Resolución Suprema Nº 195-2010/RE, de 14 de mayo de 2010; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º incisos 8) y 11) de la Constitución Política del Perú; en el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; DECRETA: Artículo 1.- Cierre del Consulado General del Perú en Estocolmo Dispóngase el cierre del Consulado General del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia, con efi cacia anticipada al 30 de junio de 2012. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo no irrogará gastos al Estado peruano, y será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 934913-1 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir inmueble para la sede del Consulado General del Perú en Barcelona DECRETO SUPREMO Nº 023-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es interés del Perú contar con un inmueble de fácil acceso y de preferencia cercano a las áreas de concentración de la población peruana para la ofi cina consular del Perú en Barcelona a efecto de brindar a los connacionales atención, apoyo y asistencia, así como contar con las facilidades necesarias para el desarrollo de los servicios consulares y presentar las características de decoro propias de la representación nacional; Que, el Consulado General del Perú en Barcelona viene funcionando en un local arrendado por un monto mensual de € 4 582,54; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2013-EF se autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 42 266 400,00, a favor del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores, para atender la adquisición de inmuebles para las sedes de los Consulados de las ciudades de Barcelona, Milán y Buenos Aires; Que, se ha identifi cado un inmueble sito en calle Tarragona 110 (compuesto por las Ofi cinas N° 58, 59, 60, 61, 83, 84, 85, 86, 87, 140, 141 y 142), Eixample, Barcelona, Reino de España identifi cado en el Registro de la Propiedad N° 16; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, por Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de 13 de febrero de 2008, se aprobaron los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uno en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº (COP) 001-2013, de marzo de 2013, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en € 3 427 000,00 (Tres millones cuatrocientos veintisiete mil y 00/100 Euros) resulta ser una inversión ventajosa, en términos fi nancieros de costo-benefi cio y de oportunidad, que en el largo plazo comparando los costos de arrendamiento futuros con los costos de compra actual y proyectados, toda vez que se recuperará con creces el dinero invertido, permitiendo así su capitalización a favor del Estado peruano, así como, contar con una adecuada infraestructura con miras a optimizar la calidad de los servicios que se prestan a los connacionales y elevar el nivel de representación de nuestro país en el exterior; Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha emitido opinión favorable respecto de la compra del inmueble sito en calle Tarragona 110 (compuesto por las Ofi cinas N° 58, 59, 60, 61, 83, 84, 85, 86, 87, 140, 141 y 142), Eixample, Barcelona, Reino de España identifi cado en el Registro de la Propiedad N° 16, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de fecha 13 de febrero de 2008, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso; Que, asimismo la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha informado previamente sobre la citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema