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El Peruano Jueves 9 de mayo de 2013 494424 plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 303 785 8 075 996 2 303 311 8 075 196 3 303 526 8 074 399 4 303 738 8 072 986 5 304 996 8 072 911 6 304 996 8 073 363 7 304 222 8 074 188 8 304 006 8 075 000 9 304 008 8 075 994 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 932728-1 Establecen áreas de concesión de distribución de gas natural por red de ductos a que hace referencia la R.S. Nº 027-2012-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2013-MEM/DM Lima, 7 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-2012- EF, de fecha 25 de abril de 2012, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN del 10 de febrero de 2012, en virtud del cual se acordó: 1) Sustituir el Proyecto “Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur” y el Proyecto “Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio” por el Proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”; e 2) Incorporar al proceso de promoción de la inversión privada dicho Proyecto. Asimismo, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN del 22 de marzo de 2012, en virtud del cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarías correspondientes; Que, el proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional” comprende el diseño, construcción, operación y mantenimiento de Ductos y Redes de Ductos para el transporte y distribución de Gas Natural, al servicio de las siguientes regiones del Perú, el cual comprende dos (02) concesiones denominadas: 1) “Concesión Norte”, que abarca las regiones Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca; y 2) “Concesión Sur Oeste”, que abarca las regiones Arequipa, Moquegua y Tacna; Que, los artículos 15º y 16º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2008-EM, disponen que si el procedimiento elegido para otorgar la Concesión de Distribución fuera la licitación o concurso público, la Dirección General de Hidrocarburos u otro organismo público designado conforme a Ley delimitará el área de concesión, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer que la delimitación del área de la concesión del proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, a que hace referencia la Resolución Suprema Nº 027-2012-EF, correspondiente a la denominada “Concesión Norte”, se encuentra constituida por toda la extensión geográfi ca comprendida dentro de la delimitación política de las regiones: Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca. Artículo 2º.- Establecer que la delimitación del área de la concesión del proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, a que hace referencia la Resolución Suprema Nº 027-2012-EF, correspondiente a la denominada “Concesión Sur Oeste”, se encuentra constituida por toda la extensión geográfi ca comprendida dentro de la delimitación política de las regiones: Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 934462-1 PRODUCE Reestructuran Comisiones Sectoriasl de Transferencia del Ministerio de la Producción en materias de Pesquería y de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 162-2013-PRODUCE Lima, 6 de mayo de 2013 VISTOS: El Informe N° 002-2013-PRODUCE/OGPP/ OGD y el Memorando N° 011-2013-PRODUCE/OGPP- OGD de la Ofi cina de Gestión Descentralizada de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1125-2013-PRODUCE/OGPP de dicha Ofi cina General, y los Informes N° 014 y N° 032-2013- PRODUCE/OGAJ-cgonzales de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú, dispone que la descentralización es una forma