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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2013 (14/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Martes 14 de mayo de 2013 494723 de promoción turística de la Región en coordinación con las organizaciones de la actividad turística y los Gobiernos Locales; Que, en el directorio de gerentes del Gobierno Regional Moquegua, de fecha 14 de marzo del 2013, se propuso, discutió y acordó declarar de interés regional la realización del Campeonato Mundial de Surf, a llevarse adelante en la ciudad de Ilo del 03 al 10 de junio del 2013; considerando el evento un acontecimiento sin precedentes que nos permite promover el deporte, el turismo y la imagen de la Región Moquegua; a cuyo efecto también amerita constituir la Comisión encargada de coordinar, dirigir y difundir las actividades necesarias para la realización de dicho Campeonato; De conformidad con lo establecido en los artículos 21º, 22º y 41º inciso d) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y visaciones DECRETA: Artículo 1º.- DECLARAR de interés regional la realización del Campeonato Mundial de Surf, que se desarrollará del 03 al 10 de junio del 2013, en la ciudad de Ilo, provincia del mismo nombre de Departamento de Moquegua. Considerando este evento un acontecimiento sin precedentes que nos permite promover el deporte, el turismo y la imagen de la Región Moquegua. Artículo 2º.- CONSTITUIR la Comisión encargada de coordinar, dirigir y difundir las actividades necesarias para la realización del Campeonato Mundial en mención; la misma que, mediante Resolución Ejecutiva Regional, quedará integrada por el Gerente Regional de Desarrollo Económico quien la presidirá, los representantes de la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Cámara de Turismo de Moquegua, la Cámara de Comercio de Moquegua y la Municipalidad Provincial de Ilo. Artículo 3º.- DISPONER que, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos que preceden, los titulares de las entidades públicas de la Región Moquegua adopten las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios indispensables para la sociedad durante el evento. Artículo 4º.- PUBLICAR, el presente Decreto Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en el Portal de la Entidad. Remitiendo copia del mismo a Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Cámara de Turismo de Moquegua, la Cámara de Comercio de Moquegua, la Municipalidad Provincial de Ilo y al Órgano Regional de Control Institucional. Dado en la Sede del Gobierno Regional, en Moquegua a los 15 días del mes de marzo del 2013. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 936294-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI ACUERDO Nº 062-2013-GRU/CR Pucallpa, 18 de abril del 2013 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Abril del 2013, con el voto por Mayoría de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali de la suma de S/. 169,460.00 para fi nanciar los gastos de (alimentación, alquiler de vivienda, equipamiento, mantenimiento y movilidad) de 16 estudiantes becarios de Brasil en la Ciudad de Pucallpa, Provincia de Coronel Portillo, Ucayali, de acuerdo al Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional Nº 0048 de fecha 31/05/2011, modifi cado por Addenda Nº 0015-2013, suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Universidad Nacional de Ucayali, que forma parte integrante del presente acuerdo regional; y conforme lo dispone el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias. Se deja constancia del voto en abstención del Consejero Regional Dr. Nilo Demetrio Maguiña Vásquez; Segundo.-ENCARGUESE a la Comisión de Desarrollo Social del Consejo solicitar al Ejecutivo Regional remita a este Consejo un informe sobre la rendición de los gastos realizados desde la suscripción del Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional Nº 0048 de fecha 31/05/2011, hasta la presente transferencia; Tercero.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumpla. EDWIN ACHO CHÁVEZ Consejero Delegado 936295-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen la realización del Segundo Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 011-MDMM Magdalena, 26 de abril de 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGADALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 08 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 016-2013-SGRRCC-MDMM de la Sub Gerencia de Registro Civil, el memorándum Nº 289-2013- GAF-MDMM de la Gerencia de Administración y Finanzas, el memorándum Nº 177-2013-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 229-2013- GAJ-MDMM de fecha 04 de abril de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;