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El Peruano Sábado 18 de mayo de 2013 495074 la Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual presenta el proyecto de Ordenanza que reglamenta el uso de la infraestructura deportiva el Skate Park de la Municipalidad Distrital de Chancay; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972 reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: Que el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas municipales, las mismas que de conformidad con lo previsto en el artículo 200º numeral 49 de la Constitución, tienen rango normativo de Ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa Municipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales; Que, la actividad física y deportiva, constituyen pilares básicos del desarrollo social, educativo y de salud de las personas, y que el Estado debe garantizar su normal desarrollo, en ámbitos precisos y bajo ciertas normas como lo aconsejan diferentes foros nacionales e internacionales del deporte, la salud, la educación y la recreación, en sus distintas expresiones profesionales; Que, dentro de las prácticas deportivas habituales, el skate se viene incorporando como costumbre, en niños y jóvenes, en lugares que por su arquitectura y desniveles les permiten desarrollarlo de acuerdo a la naturaleza y características propias de ese deporte, razón por la cual nuestra comuna edil ha implementado un Skate Park Municipal, cuyo uso requiere ser reglamentado; Con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL USO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EL SKATE PARK DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE USO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EL SKATE PARK DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el mismo que consta de nueve (09) artículos distribuidos en dos (02) títulos y tres (03) capítulos, así como cuatro (04) disposiciones complementarias, que en anexo forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y de su Anexo en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- DERÓGUESE toda disposición que contravenga la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 938020-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN