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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2013 (18/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 18 de mayo de 2013 495071 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Documento Simple Nº 73826-2013, de fecha 18 de abril de 2013, mediante el cual la señora EMMA LOLA ROJAS ALARCÓN solicita se rectifi que el error material incurrido en la Resolución Nº 41-2013- MML-GDU-SPHU, de fecha de fecha 04 de abril de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 201482-2012, de fecha 18 de octubre de 2012, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite copia certifi cada de la Resolución de Gerencia Nº 714-2012/GDUR-MDC de fecha 28 de junio de 2012 que Aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial “Los Ángeles de Chillón”, para Uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 31,832.00 m2, constituido por la Parcela Nº 102, con Código Catastral 01459, Proyecto Rural Caudivilla, Huacoy y Punchauca, Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 073-2012/GDUR- MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte de ésta, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Resolución Nº 41-2013-MML-GDU-SPHU, de fecha 04 de abril de 2013, se resuelve ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012 y sus rectifi catorias Resolución de Gerencia Nº 1488-2012/ GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012 y Resolución de Gerencia Nº 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013, expedidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que resuelve Aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial “Los Ángeles de Chillón”, para Uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 31,832.00 m2, constituido por la Parcela Nº 102, con Código Catastral 01459, Proyecto Rural Caudivilla, Huacoy y Punchauca, Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 073-2012/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva; Que, a través del Documento Simple Nº 73826-2013, de fecha 18 de abril de 2013, la administrada solicita se rectifi que la Resolución Nº 41-2013-MML-GDU-SPHU, de fecha 04 de abril de 2013, en el extremo referido a su nombre, donde dice ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN, siendo lo correcto EMMA LOLA ROJAS ALARCÓN; Que, mediante Informe Nº 137-2013-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 29 de abril de 2013, el Área Legal de esta Subgerencia señala, que de conformidad a lo establecido en el artículo 201º, numerales 201.1 y 201.2, de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, que posibilitan la rectifi cación de error material, aún después de expedido el acto administrativo en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, como ocurre en el presente caso concluye, que esta Subgerencia deberá emitir la Resolución rectifi cando el error material de ofi cio incurrido en la Resolución Nº 41-2013-MML-GDU-SPHU, de fecha 04 de abril de 2013, en el extremo referido al nombre de la señora donde dice ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN, debe decir EMMA LOLA ROJAS ALARCÓN, manteniendo lo demás que lo contiene; Con el visto bueno del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL incurrido en la Resolución Nº 41-2013-MML-GDU-SPHU, de fecha 04 de abril de 2013, en el extremo referido al nombre de la señora propietaria, dice ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN, debe decir EMMA LOLA ROJAS ALARCÓN, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a los señores MÁXIMO ROJAS QUISPE y EMMA LOLA ROJAS ALARCÓN y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 937974-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a Colombia, para asistir a la firma de Convenio Marco con Alcaldía del Municipio de Medellín ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2013-MDC EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL COMAS POR CUANTO: VISTO; En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15.05.2013; el Dictamen Nº 11-2013-CAFPP-MDC, emitido por la Comisión de Administración, Finanzas, Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 253-2013-GPP/MC de fecha 09.05.2013 emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 427-2013-GAF-MDC de fecha 08.05.2013 emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 05-2013-STCDSC de fecha 07.05.2013 emitido por la Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana; la Carta S/N de fecha 09.05.2013 emitida por el Director Ejecutivo de la Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín y el Área Metropolitana; el Informe Nº 060-2013- GPVDC/MC de fecha 03.04.2013 emitido por la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal; la Carta Nº 18-2013-CAFPP-RGB/ de fecha 10.05.2013 emitido por la presidencia de la Comisión de Administración, Finanzas, Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que la Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín y el Área Metropolitana - ACI, mediante carta de fecha 09.05.2013, dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Comas lo invita ofi cialmente para que visite la Ciudad de Medellín Colombia entre el 18 y 23 de Mayo, con el fi n de conocer la transformación social y urbana que ha vivido la ciudad de Medellín en los últimos años; para la Municipalidad Distrital de Comas es de interés conocer las experiencias exitosas desarrolladas por la ciudad de Medellín para los temas de Gestión Gubernamental y Seguridad; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15.05.2013, el Concejo Municipal, por mayoría, estableció que en atención a la invitación de la