Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2013 (18/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Provincial de Chachapoyas emita, a la mayor brevedad posible, un MORDAZA pronunciamiento, en sesion extraordinaria de concejo municipal, sobre la base de los parametros establecidos en la presente resolucion, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Publico, en caso de incumplimiento, para que evalue su conducta en relacion con el articulo 377 del Codigo Penal, sobre omision, rehusamiento o demora en actos funcionales. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 938715-2

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2013

Albarracino, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Informe Nº 9652012-PCPF-GA-GM-MDCGAL, emitido por el gerente de administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los cuales se senalan los hechos denunciados que el recurrente considera actos administrativos por no estar contemplados en las funciones del concejo municipal establecidas en el articulo 9 de la LOM. Respecto a la sesion extraordinaria El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la sesion extraordinaria del 21 de enero de 2013, rechazo el pedido de vacancia presentado por Miket MORDAZA MORDAZA Chambilla. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 010-2013-MDCGAL-CM. Respecto al recurso de apelacion El 21 de febrero de 2013, Miket MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 010-2013-MDCGAL-CM, sustentando su pedido en base a similares argumentos expuestos en su solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si en el presente caso los regidores MORDAZA MORDAZA Amones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han incurrido en la causal contemplada en el articulo 11 de la LOM por los hechos acaecidos el 21 de noviembre de 2012 en las instalaciones del ex Hospital Municipal Albarracino. CONSIDERANDOS Sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11, MORDAZA parrafo, de la LOM, senala que: "los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembro de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad (...) la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia del cargo de regidor". 2. Esta disposicion responde a que, de acuerdo con el numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple principalmente una funcion fiscalizadora, encontrandose impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas, en tanto entraria en un conflicto de intereses al asumir un doble papel, el de ejecutar y el de fiscalizar. 3. Es menester indicar que por funcion administrativa o ejecutiva se entiende a toda actividad o toma de decision que supone una manifestacion concreta de la voluntad estatal que esta destinada a producir efectos juridicos sobre el administrado. De ahi que cuando el articulo 11 de la LOM invoca la prohibicion de realizar funcion administrativa o ejecutiva respecto de los regidores, ello supone que dichas autoridades no estan facultadas para la toma de decisiones con relacion a la administracion, direccion o gerencia de los organos que comprenden la estructura del concejo, asi como de la ejecucion de sus subsecuentes fines. 4. De lo expuesto, este organo colegiado considera que para la configuracion de esta causal se deben acreditar dos elementos: a) que el acto realizado por la autoridad cuestionada constituya una funcion administrativa o ejecutiva; y b) que dicha accion suponga una anulacion o afectacion al deber de fiscalizacion que tiene como regidor. Analisis del caso concreto 5. En el presente caso se imputa a los regidores MORDAZA MORDAZA Amones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA que integran el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber realizado funciones administrativas, por los hechos acaecidos el 21 de noviembre de 2012 en las instalaciones del ex Hospital Municipal Albarracino. 6. Los hechos materia de la solicitud de vacancia se basan en los testimonios del encargado de los

Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 010-2013-MDCGAL-CM que rechazo solicitud de vacancia presentada contra regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna
RESOLUCION Nº 0417-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00268 MORDAZA MORDAZA MORDAZA - TACNA TACNA MORDAZA, catorce de MORDAZA de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por Miket MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 010-2013-MDCGAL-CM, de fecha 22 de enero de 2013, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Amones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 29 de noviembre de 2012, Miket MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA Amones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por haber ejercido funciones ejecutivas o administrativas. En la solicitud de vacancia se alego lo siguiente: a. El 21 de noviembre de 2012, los regidores cuestionados, excediendo el permiso contenido en el Memorando Nº 404-2012-PCPF-GA-GM-MDCGAL para su ingreso al ex Hospital Municipal Albarracino a realizar labores de fiscalizacion, autorizaron el ingreso del periodista Geancarlo MORDAZA a dichas instalaciones para realizar MORDAZA fotograficas, una de las cuales ha sido difundida en un diario local. b. El recurrente sustenta dichas afirmaciones con el Informe Nº 005-2012-HA-RCHM-MDCGAL, emitido por el encargado de los bienes del ex Hospital Municipal

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