Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2013 (26/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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lograron cumplir el requisito de experiencia docente en instituciones de educacion superior, acumulada no menor de dos (02) anos, ello de acuerdo al literal c) del numeral 6.2.4 de la referida Directiva. Que, con la finalidad de garantizar la pertinencia, oportunidad y la transparencia del MORDAZA de seleccion de los Formadores de Acompanantes Pedagogicos y Acompanantes Pedagogicos, de tal forma que cada Gobierno Regional cuente con el personal idoneo para lograr implementar las actividades propuestas en el Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje durante el ano 2013, resulta conveniente incorporar en la Directiva mencionada en el considerando anterior, una Disposicion Complementaria Transitoria que permita la contratacion de postulantes que acrediten una experiencia docente en instituciones de educacion superior, acumulada de un ano, cuyo supuesto debera ser aplicado excepcionalmente en los casos en los que hasta la fecha no se hubiese cubierto las plazas de seleccion y contratacion de Acompanantes Pedagogicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.Incorporar una Disposicion Complementaria Transitoria a la Directiva Nº 016-2012MINEDU/VMGP-DIGEBR, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 0449-2012-ED, conforme al texto siguiente: "DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- En los casos en que a la fecha no se hubiesen cubierto las plazas de Acompanante Pedagogico, los postulantes, de manera excepcional, podran cumplir el requisito establecido en el literal c) del numeral 6.2.4 de la presente Directiva, acreditando una experiencia docente en instituciones de educacion superior, acumulada no menor de un (01) ano pedagogico, equivalente a 10 meses." Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la presente Resolucion modificatoria en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www. minedu.gob.pe/normatividad/). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 941645-1

El Peruano MORDAZA 26 de MORDAZA de 2013

Que, con Resolucion Ministerial N° 0289-94-ED, se aprobo las "Normas para la provision, procesamiento, produccion y difusion de la informacion estadistica del Sector Educacion"; cuya finalidad es normar y orientar las acciones que aseguren el establecimiento de un sistema de produccion y actualizacion permanente de la estadistica educativa mediante la participacion responsable de los organos educativos de todas las entidades y organos del Sector Educacion; Que, el articulo 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Unidad de Estadistica Educativa depende de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa de la Secretaria de Planificacion Estrategica, y tiene entre otras funciones, normar los procesos de recoleccion y procesamiento de la estadistica educativa para su cumplimiento por las Direcciones Regionales de Educacion o los organos que MORDAZA sus veces y las Unidades de Gestion Educativa Local; Que, segun manifiesta el Jefe de la Unidad de Estadistica Educativa con Informe Nº 001-2013-MINEDU/ SPE-PLANMED-UEE-EE, resulta necesario actualizar la normatividad existente del sistema de trabajo estadistico con responsabilidades y plazos en todas las instancias de gestion y administracion de la educacion, con la finalidad de contar con estadistica oportuna, confiable y de calidad que permita un conocimiento dinamico de la realidad educativa que contribuya a una eficiente toma de decisiones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva N°017-2013MINEDU/SPE-UEE-EE denominada "Orientaciones para la provision, procesamiento, produccion, analisis y difusion de la Informacion Estadistica del Sector Educacion", documento que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 0289-94-ED que aprobo las "Normas para la provision, procesamiento, produccion y difusion de la informacion estadistica del Sector Educacion". Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la presente Resolucion Ministerial asi como el documento normativo aprobado en el numeral precedente, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe/normatividad/). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 941645-2

Aprueban Directiva "Orientaciones para la provision, procesamiento, produccion, analisis y difusion de la Informacion Estadistica del Sector Educacion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0250-2013-ED MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, segun el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, este formula las politicas nacionales en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, en MORDAZA con los planes del desarrollo y la politica general del Estado; supervisa y evalua su cumplimiento y formula los planes y programas en materia de su competencia;

Designan Jefe de la Unidad de Presupuesto, dependiente de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0251-2013-ED MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0359-2012ED, se encargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Unidad de Presupuesto, las funciones

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