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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2013 (26/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Domingo 26 de mayo de 2013 495554 VISTO: El Decreto Supremo Nº 078-2013-EF, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final (SDCF) de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que en la Reserva de Contingencia (RC) incluye hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2013, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico- científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, mediante RD Nº 011-2012-EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01-“Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la SDCF de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”; Que, según el art. 10º De los procedimientos, de la Directiva Nº 004-2012-EF-63.01, señala “la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia (AE), que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIP); que son presentados a la DGPI, y de corresponder, son declarados elegibles por dicha Dirección General; Que, asimismo según el artículo 11.4 de la citada Directiva, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente las aprueba expresamente a través de informe del Director Nacional del Órgano de línea del INDECI; Que, en el marco de lo dispuesto en la SDCF de la Ley N° 29952, mediante el DS Nº 078-2013-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 215 694,00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor de las Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A; Que, de conformidad con la redacción actual del art. 75º de la Ley Nº 28411, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de las Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A; De conformidad con la Ley Nº 29952, Ley Nº 28411 y sus normas modifi catorias, y la Directiva Nº 004-2012- EF/63.01 aprobada mediante RD Nº 011-2012-EF/63.01; Con la visación de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y de la Dirección de Rehabilitación; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución la Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor de la Unidad Ejecutora Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa, hasta por la suma de S/. 215 694,00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la RC transferidos al INDECI mediante el DS Nº 078-2013-EF, a favor de la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A, para la ejecución de las Actividades de Emergencia, que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido a la Unidad Ejecutora conforme aparece en el Anexo A, debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora reportará mensualmente al INDECI los avances hasta la culminación de las Actividades de Emergencia. La Unidad Ejecutora benefi ciada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en la Directiva Nº 004-2012- EF/63.01, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Art. 1º de la presente Resolución; a la Dirección de Rehabilitación del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras materia de la presente Resolución; a la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano; y encargar a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe), del Anexo A referido a la ejecución de las Actividad de Emergencia, el mismo día de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A, a las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección de Rehabilitación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 941908-1 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Encargan funciones de Directora Ejecutiva de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 202-2013-J/INEN Lima, 24 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 135-2013-J/ INEN, de fecha 05 de mayo de 2013, se designó en el cargo de confi anza de Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, a la Licenciada en Administración Martha Elena Salas Rojas, Nivel F-3; Que, por convenir a la Institución, resulta necesario dar por concluida la designación de la Licenciada en Administración Martha Elena Salas Rojas, Nivel F- 3, realizada mediante la Resolución Jefatural antes mencionada; Con el visto bueno de la Secretaría General, Ofi cina General de Administración, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, artículo 77º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 ”Ley que regula