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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2013 (26/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Domingo 26 de mayo de 2013 495539 de Jefe de la Unidad de Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; encargatura que fue renovada con la Resolución Ministerial N° 0004-2013-ED; Que, se ha visto por conveniente designar al Jefe de la Unidad de Presupuesto dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006- 2012-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MIGUEL REQUENA CALDERON, como Jefe de la Unidad de Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza; dándose por concluido el encargo de funciones conferido mediante Resolución Ministerial N° 0359-2012-ED y renovado por Resolución Ministerial N° 0004-2013-ED. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 941645-3 ENERGIA Y MINAS Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2013-MEM/DM Lima, 21 de mayo de 2013 VISTO: El Expediente Nº 31217311, presentado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea Nº 5993; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea Nº 5993, ubicada en la calle Enrique Palacios Nº 438, Nº 440, Nº 460 y Nº 470, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea Nº 5993, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 10 de marzo de 2009, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe Nº 244-2013-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea Nº 5993, ubicada en la calle Enrique Palacios Nº 438, Nº 440, Nº 460 y Nº 470, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación y de Tránsito, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 10 de marzo de 2009, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Propietario Tipo de terreno 31217311 Subestación Eléctrica de Distribución Nº 5993 Ubicación: distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima Área subterránea igual área de nivel de suelo: Servidumbre de ocupación y de transito Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 660 064,671 278 964,604 B 8 660 064,661 278 967,604 C 8 660 068,811 278 967,618 D 8 660 068,821 278 964,618 Suelo: 12,45 m2 (nivel subterráneo) Suelo: 12,45 m2 y sus aires Privado Urbano Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 940495-1