Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2013 (26/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle:
- Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos US$ 944.98 US$ 400.00

El Peruano MORDAZA 26 de MORDAZA de 2013

- Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos US$ 625.07 US$ 400.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberan presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 942178-6

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., MORDAZA, Brasil y Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 287-2013-MTC/02 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Informes No. 166-2013-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 1592013-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo No. 0472002-PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley No. 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para

el Ano Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Peruvian Air Line S.A. y Aero Transporte S.A., han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para evaluacion de su personal aeronautico, a ser atendidas durante los meses de MORDAZA y junio de 2013, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 05, correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Peruvian Air Line S.A. y Aero Transporte S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes No. 166-2013-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil, y No. 159-2013-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica, de la citada Direccion General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29951, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camero, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 27 al 29 de MORDAZA de 2013 a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA y del 03 al 06 de junio de 2013 a la MORDAZA de Wichita, Estados Unidos de MORDAZA, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 1662013-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil, y No. 159-2013-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Peruvian Air Line S.A. y Aero Transporte S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos.

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