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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (09/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Sábado 9 de noviembre de 2013 506786 y serán sancionadas por el Órgano competente que establezca el Reglamento de Organización y Funciones – ROF – de la Municipalidad Distrital del Rímac vigente.” “Artículo 297º.- Deróguese todo artículo que contravenga lo dispuesto en el artículo anterior.” Artículo Segundo.- Quedan derogadas o modifi cadas las disposiciones municipales en la parte que se oponga a lo dispuesto en el presente acuerdo. Dado en el Palacio Municipal a los siete días del mes noviembre del dos mil trece. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1011940-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Modifican la Ordenanza Nº 09-2013- MPCH, que aprueba procedimientos, servicios administrativos y otros contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Tasas por Servicios No Exclusivos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 020-2013-MPCH. Chincha Alta, 18 de octubre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA POR CUANTO: El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Agosto del 2013; y, VISTOS: El Informe Nº 408-2013-DTTSV/MPCH, del encargado de la División de Transportes y Seguridad Vial, Informe Legal Nº 951-2013-GAJ/MPCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha, con los motivos y los demás fundamentos que contiene; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, establece “Que las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el Numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 indica que es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo se establece en el Numeral 9 del Artículo 9º de la Ley indicada, que constituye atribución del Concejo Municipal “Crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”. Que, mediante Ordenanza Nº 09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio del 2013, se aprueba Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en Exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Tasas por Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Provincial de Chincha. Que, mediante D.S. Nº 017-2009-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, que regula el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de conformidad con los lineamientos previstos en la ley. Que, mediante Informe Nº 408-2013-DTTSV/MPCH, de fecha 23 de Julio del 2013, del encargado de la División de Transportes y Seguridad Vial; señala que en la Ordenanza Nº 09-2013-MPCH, que aprueba el TUPA. de la Municipalidad Provincial de Chincha, existen procedimientos que no regulan o no alcanzan los servicios diversos que competen a la División de Transporte y Seguridad Vial; proponiendo modifi car dicha ordenanza e incorporar nuevos procedimientos que corresponde a dicha División, con la fi nalidad de cumplir con lo establecido en el D.S. Nº 017-2009-MTC. Que, mediante Informe Legal Nº 951-2013-GAJ/ MPCH, de fecha 22 de Agosto del 2013, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, ante el requerimiento de la División de Transporte y Seguridad Vial, se establece, que conforme al numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley de Procedimientos Administrativo General Ley Nº 27444, que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación, que no implique creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisito, se debe realizar por resolución de rango o Decreto de Alcaldía; en caso contrario su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1, que corresponde aprobar por Ordenanza y conforme a lo establecido en el Artículo 40º y Artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, de conformidad con el principio de legalidad establecido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, y a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, a lo aprobado por voto mayoritario por el Pleno del Concejo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Agosto del 2013, siendo aprobada el Acta en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Setiembre del 2013, se aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación de la Ordenanza Nº 09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio del 2013, que aprueba los Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en Exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Tasas por Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Provincial de Chincha, para adecuar en lo referente a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial – División de Transporte y Seguridad Vial, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- El Anexo que contiene los procedimientos aprobados en Artículo Primero de la presente Ordenanza, será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www. municipalidadchincha.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar a la División de Transporte y Seguridad Vial, de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, realizar las coordinaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUCIO JUAREZ OCHOA Alcalde 1011392-1