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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (09/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Sábado 9 de noviembre de 2013 506771 mediante Resolución de Asamblea General Nº 002-2013- ENSABAP; Que, mediante Resolución Directoral Nº 116-2013- ENSABAP emitida el 9 de agosto de 2013 se formalizó, la modifi cación del Procedimiento Nº 2: “Matrícula regular”, 2.2 “Para alumnos regulares” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ENSABAP, en cuanto al costo de la matrícula de S/. 251.80; DISPONIENDOSE la reducción del mismo al monto de S/. 215.00, a hacerse efectivo a partir del Semestre Académico 2013-2; Que, según se ha podido observar en la referida Resolución, existe un error material en referencia a la aprobación de la reducción del costo de la matrícula, señalándose en el décimo primer considerando al Consejo Ejecutivo como Órgano de Gobierno ejecutor de ésta acción, habiendo sido aprobado en la sesión de Asamblea General del 08 de agosto de 2013; Que, de conformidad con el Artículo 201.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores material o aritmético pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, en el presente caso, la modifi cación de ofi cio, no altera el contenido sustancial de la Resolución Directoral Nº 116-2013-ENSABAP, pues el objetivo de dicha resolución fue formalizar la modifi cación del procedimiento referido a la matrícula para alumnos regulares, por lo que es procedente la rectifi cación del error material; Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; y De conformidad con las normas acotadas, el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y con Resolución Directoral Nº 338-2009- ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, la modifi cación del décimo primer considerando de la Resolución Directoral Nº 116-2013-ENSABAP respecto a la información que se brinda sobre el órgano de gobierno que aprobó la reducción del costo de la matrícula, el cual quedará reemplazado por el siguiente: “Que, con fecha 08 de agosto del presente año, por mayoría los miembros de la Asamblea General acordaron que debería reducirse el costo de la matrícula para los alumnos regulares de S/. 251.80 a S/. 215.00; además, determinaron remitir los autos al Consejo Ejecutivo para efectos de realizarse una sesión con la fi nalidad de formalizar el procedimiento a seguir con respecto a la reducción a realizar.” Artículo Segundo.- INCLUIR, el siguiente considerando, el cual se entenderá ubicado de manera seguida al décimo primer considerando: “Que, con fecha 09 de agosto del presente año se reunieron en sesión los miembros del Consejo Ejecutivo, quienes por unanimidad acordaron la modifi cación del Procedimiento Nº 2.2 correspondiente a la Matrícula Regular para alumnos regulares del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en atención a la reducción del costo acordada por los miembros de la Asamblea General.” Artículo Tercero.- DISPONER, que la Dirección Administrativa proceda a la publicación de la presente resolución directoral en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico Institucional (www.ensabap. edu.pe), así como en cada uno de los locales de la ENSABAP. Regístrese, publíquese y cúmplase. DAVID SIXTO DURAND ATO Director General 1010899-1 Autorizan viaje a Noruega de Jefe de la Oficina Central de Cooperación Internacional y Convenios de la Universidad Nacional de Ingeniería, en misión oficial UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1631 Lima, 5 de noviembre de 2013 Visto el Ofi cio Nº 198-2013/UNI-OCIC de la Ofi cina Central de Cooperación Internacional y Convenios de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, el Foro Mundial de Universidades de Recursos por la Sostenibilidad (WFURS), al que pertenece la Universidad Nacional de Ingeniería, llevará a cabo el próximo mes la reunión anual en la ciudad de Trondheim – Noruega; evento en el que asistirán más de 40 Universidades del mundo, y en el que se discutirán temas de educación universitaria y desarrollo sostenible, además habrán exposiciones técnicas sobre minería y sostenibilidad; Que, el Jefe de la Ofi cina Central de Cooperación Internacional y Convenios mediante el documento del visto, solicita al despacho del Rectorado se otorgue la autorización de viaje en misión ofi cial del 7 al 17 de noviembre del presente año para asistir al Foro Mundial de Universidades de Recursos por la Sostenibilidad (WFURS), y los viáticos respectivos, toda vez que el Foro ha cubierto los pasajes del viaje a la ciudad de Trondheim – Noruega; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, artículo 50º, inciso c); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión ofi cial del M.Sc. Oscar Felipe Silva Campos Jefe de la Ofi cina Central de Cooperación Internacional y Convenios, a la ciudad de Trondheim – Noruega, del 07 al 17 de noviembre del presente año, para que participe en el Foro Mundial de Universidades de Recursos por la Sostenibilidad (WFURS). Artículo 2º.- Otorgar al M.Sc. Oscar Felipe Silva Campos, la suma de $ 1,600.00, por concepto de viáticos para el evento antes mencionado, el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos directamente recaudados de la Administración Central, por el equivalente en nuevos soles. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presentará el informe detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará, la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados de la Administración Central. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 1010896-1 Otorgan duplicado de diploma de título profesional de Ingeniero Forestal de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1907-CU-2013 Huancayo, 27 de agosto de 2013