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El Peruano Miércoles 13 de noviembre de 2013 506862 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil, Chile, Colombia, EE.UU. y México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 986-2013 DE/SG Lima, 11 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 859 del 24 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, República de Chile, República de Colombia, de los Estados Unidos de América y de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 409-2013-FMP/P del 30 de octubre de 2013, el Presidente del Fuero Militar Policial, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil, República de Chile, República de Colombia, de los Estados Unidos de América y de los Estados Unidos Mexicanos; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 2 al 4 de diciembre de 2013, a fi n de participar en el Foro Interamericano de Justicia Militar; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Fuero Militar Policial; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar detallado a continuación, del 2 al 4 de diciembre de 2013, a fi n que participen en el Foro Internacional de Justicia Militar. República Federativa del Brasil 1. General del Ejército Raymundo Nonato DE CERQUEIRA Filho 2. Coronel Orlando Eduardo GERALDI 3. Coronel Osmar DUARTE Marcelino República de Chile 1. General de Brigada Waldo MARTÍNEZ Cáceres República de Colombia 1. Coronel Fabio Enrique ARAQUE Vargas Estados Unidos de América 1. Brigadier General Flora D. DARPINO Estados Unidos Mexicanos 1. General de Brigada Jesús LÓPEZ Benites Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1012727-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 987-2013-DE/SG Lima, 11 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 813 del 10 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 4287 del 4 de noviembre de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 16 al 23 de noviembre de 2013, a fi n de participar en la reunión de seguimiento de las actividades de construcción del navío multipropósito en el Astillero del Servicio Industrial de la Marina SIMA-Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Federativa del Brasil detallado a continuación, del 16 al 23 de noviembre de 2013, a fi n que participen en la reunión de seguimiento de las actividades de construcción del navío multipropósito en el Astillero del Servicio Industrial de la Marina SIMA-Perú. 1. Capitán de Fragata Carlos José Peixoto 2. Capitán de Fragata Dalrio Fantine De Carvalho 3. Capitán de Fragata Esmeraldino José De Deus E Melo Neto 4. Capitán de Fragata José Carlos Silva Gioseffi Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1012727-2