Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Durante el mes de enero la DRE o la UGEL debe cubrir la direccion de la institucion educativa mediante encargatura. Tambien se cubriran mediante encargatura aquellas plazas que hayan sido retiradas del respectivo concurso por disposicion del Poder Judicial; si dicha disposicion judicial es revocada posteriormente, dichas plazas seran incluidas en el siguiente concurso publico de acceso a cargos directivos." Articulo 2.- Incorporar un MORDAZA parrafo al numeral 7.1 y el literal c) al numeral 7.9 de la Directiva N° 018-2013MINEDU/VMGP-DIGEDD denominada "Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica Regular ­ 2013", los que quedaran redactados de la siguiente manera: "7.1 (...) De existir algun mandato judicial que ordene el retiro de una plaza del respectivo concurso este sera comunicado a los postulantes a traves de la direccion electronica https://evaluaciondocente.perueduca.pe/. El MINEDU adoptara las medidas que resulten necesarias para cautelar los derechos de los postulantes afectados por dicho mandato judicial. Dichas medidas seran comunicadas oportunamente a traves de la referida direccion electronica." "7.9 (...) c) Por alguna causa no prevista en la presente directiva que impida la culminacion del MORDAZA de adjudicacion de plaza." Articulo 3.- Modificar el Anexo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0460-2013-ED, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 0501-2013-ED y Nº 05482013-ED, referido al Cronograma del Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica Regular ­ 2013, el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 4.- Prorrogar hasta el 19 de noviembre de 2013 el plazo establecido en el articulo 4 de la Resolucion Ministerial N° 0531-2013-ED, a fin que los profesores que se hayan inscrito en una de las plazas eliminadas de la relacion consolidada de plazas objeto del concurso; asi como, los que se hayan inscrito a una plaza correspondiente a una institucion educativa intercultural bilingue, puedan modificar la plaza a la que postularon. Articulo 5.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion, publique la presente Resolucion Ministerial y su Anexo en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http:// www.minedu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1013285-1

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

MORDAZA ­ Socabaya de 220 kV y Subestaciones Asociadas; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Definitiva de Transmision N° 401-2012; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de setiembre de 2010, las partes suscribieron el Contrato de Concesion de SGT Linea de Transmision MORDAZA ­ Socabaya de 220 kV y Subestaciones Asociadas (en adelante, Contrato SGT), a fin de construir, operar y mantener las lineas del Sistema Garantizado de Transmision; Que, sobre la base del Contrato senalado en el parrafo que antecede, mediante Resolucion Suprema N° 0642012-EM, publicada el 24 de junio de 2012, se otorgo a favor de Transmisora Electrica del Sur S.A. la Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica a traves de la Linea de Transmision MORDAZA ­ Socabaya de 220 kV y Subestaciones Asociadas, aprobandose el Contrato de Concesion Definitiva de Transmision N° 401-2012 (en adelante, Contrato de Concesion Definitiva de Transmision), a fin de prestar el servicio publico de transmision de energia; Que, mediante documentos presentados el 23 de febrero de 2012 y el 05 de octubre de 2012, bajo Registros Nº 2169858 y Nº 2234522, respectivamente, Transmisora Electrica del Sur S.A. solicito extensiones de plazo para el cumplimiento de los hitos 1, 3 y 4 del Anexo Nº 7 del Contrato SGT, de donde resulta que la Puesta en Operacion Comercial debera producirse el 31 de diciembre de 2013, lo cual fue motivo de conformidad a traves de los Oficios Nº 091-2012-MEM-VME y Nº 1182013-MEM/SEG de fechas 22 de MORDAZA de 2012 y 17 de enero de 2013, respectivamente, debido a demoras incurridas por la Administracion en el procedimiento de aprobacion del Estudio de Impacto Ambiental, sumado a retrasos en el procedimiento administrativo seguido ante Transmisora Electrica del Sur S.A. para el otorgamiento de la Concesion Definitiva de Transmision del proyecto; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 3952013-MEM/DM de fecha 24 de setiembre de 2013, se formalizaron las mencionadas extensiones de plazo y se aprobo modificar el Contrato SGT, suscribiendose con fecha 30 de setiembre de 2013 la correspondiente Minuta, senalando como nueva fecha de Puesta en Operacion Comercial el 31 de diciembre de 2013; Que, entre tanto, Transmisora Electrica del Sur S.A. solicito modificar el Contrato de Concesion Definitiva de Transmision, mediante documentos presentados el 25 de febrero y 19 de marzo de 2013, bajo Registros Nº 2271084 y Nº 2276376, respectivamente, argumentando un desfase entre el cronograma de este y el del Contrato SGT; Que, de acuerdo a la clausula 3.1 del Contrato de Concesion SGT, Transmisora Electrica del Sur S.A. se obliga a construir, operar y mantener las lineas del Sistema Garantizado de Transmision; Que, no obstante, para la transmision de energia electrica se requiere de una concesion definitiva, conforme al articulo 3 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; en funcion a ello, la clausula 1.3 del Contrato SGT estipula explicitamente la obligacion que tiene Transmisora Electrica del Sur S.A. de solicitar, suscribir y cumplir con el Contrato de Concesion Definitiva de Transmision; Que, en vista de que ambos contratos estan referidos al mismo proyecto, el Cronograma del Contrato de Concesion Definitiva de Transmision debe coincidir necesariamente al del Contrato SGT; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 017-2013-EMDGE, y en concordancia con lo estipulado en el Contrato SGT referido en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, corresponde aprobar la primera modificacion al Contrato de Concesion Definitiva de Transmision N° 401-2012 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de

ENERGIA Y MINAS
Aprueban primera modificacion al Contrato de Concesion Definitiva de Transmision Electrica N° 401-2012
RESOLUCION SUPREMA Nº 073-2013-EM MORDAZA, 12 de noviembre de 2013 VISTO: El Expediente N° 14286911, organizado por Transmisora Electrica del Sur S.A., sobre Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica a traves de la Linea de Transmision

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