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El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507201 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N°005- 2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfi ca y de los nuevos medios; Que, conforme al citado reglamento, la Dirección del Libro y la Lectura está encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; Que, mediante el Informe N° 051-2013-DLL-DGIA- VMPCIC/MC, el Director encargado de las funciones de Dirección del Libro y la Lectura señaló la necesidad de sostener reuniones de coordinación con los organizadores de la 27° Feria del Libro de Bogotá, en la cual está programado nuestro país como invitado de honor, por lo que recomendó que representantes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la Dirección del Libro y la Lectura participen en las referidas reuniones programadas para el 11 y 12 de noviembre de 2013 a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, de acuerdo al Informe N° 394-2013-DGIA-VMCIC/ MC, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes se propuso que en las citadas reuniones de coordinación, participen la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría encargada de las funciones de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, el señor Pedro Francisco Villa Gamarra, encargado de las funciones de la Dirección del Libro y la Lectura; Que, mediante Informe N°401-2013-DGIA-VMPCIC/MC, la Directora encargada de las funciones de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes ha informado que las fechas de las reuniones antes mencionadas han sido reprogramadas para los días 18 y 19 de noviembre de 2013; Que, conforme a los informes antes citados, los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Que, siendo de interés institucional sostener las referidas reuniones de coordinación para preparar debidamente la participación de nuestro país en el citado evento, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría y del señor Pedro Francisco Villa Gamarra, del 17 al 20 de noviembre de 2013, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría, encargada de las funciones de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, el señor Pedro Francisco Villa Gamarra, encargado de las funciones de la Dirección del Libro y la Lectura; a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 17 al 20 de noviembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Mariela Ninna Noriega Alegría Pasajes: US$ 2 781,22 Viáticos: US$ 1 110,00 (US$ 370,00 x 2 días + 1 día de instalación) Pedro Francisco Villa Gamarra Pasajes: US$ 2 781,22 Viáticos: US$ 1 110,00 (US$ 370,00 x 2 días + 1 día de instalación) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1º de la presente resolución, deberán presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada de acuerdo a ley. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1015333-5 Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para conformar exposición a realizarse en Australia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2013-MC Lima, 15 de noviembre de 2013 Visto, el Expediente Nº 039710-2013 presentado por la National Gallery of Australia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 039710-2013 el 9 de octubre de 2013 presentado por la National Gallery of Australia, mediante el cual solicitan autorización para la salida temporal del país de ciento ochenta y ocho (188) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú (34); Museo Nacional de Sicán (15); Museo Tumbas Reales de Sipán (5); Museo Nacional de Bruning (4); Museo de Sitio Chan Chan (3); M.C. Dirección Regional de Cultura de Piura (2); Museo de la Universidad Nacional de Trujillo (2); Museo Arqueológico Rafael Larco Herrera (64); Museo Oro del Perú (50) y Fundación Museo Amano (9), para que formen parte de la exposición denominada “GOLD AND THE INCAS: TREASURES FROM PERU” que se llevará a cabo del 6 de diciembre de 2013 al 21 de abril de 2014 en la National Gallery of Australia, en la ciudad de Canberra, Australia; Que, la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura a través del Informe Nº 204-2013-DGM-VMPCIC/