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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (16/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507210 Que, mediante Ofi cio Nº 154-2013-DPI/PROINVERSIÓN y Ofi cio Nº 155-2013-DPI/PROINVERSIÓN ambos de fecha 22 de octubre de 2013, PROINVERSIÓN remitió al Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, respectivamente, el Informe Ampliatorio de Evaluación del referido Proyecto; Que, mediante Ofi cio Nº 205-2013-VIVIENDA/VMVU de fecha 22 de octubre de 2013 y Ofi cio Nº 206-2013- VIVIENDA/VMVU de fecha 23 de octubre de 2013, el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo comunicó la aprobación del Informe de Evaluación y del Informe Ampliatorio de Evaluación, referidos en los considerandos anteriores; Que, mediante Ofi cio Nº 237-2013-EF/15.01 de fecha 24 de octubre de 2013, el Viceministerio de Economía remitió a PROINVERSIÓN, el Informe Nº 730-2013- EF/63.01 de fecha 23 de octubre de 2013, emitido por la Dirección General de Política de Inversiones, por medio del cual se concluye que no existen observaciones respecto del Informe de Evaluación y del Informe Ampliatorio de Evaluación indicados; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 24 de octubre de 2013, acordó incorporar el Proyecto “Teleférico de Choquequirao” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, complementarias y conexas; Que, asimismo el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 31 de octubre de 2013, acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Teleférico de Choquequirao”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1012 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 146-2008-EF y en el Decreto Supremo N° 060-96-PCM, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN antes descritos deben ser ratifi cados por resolución suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 24 de octubre de 2013, mediante el cual se acordó incorporar el Proyecto “Teleférico de Choquequirao” al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, bajo los mecanismos del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, complementarias y conexas. Artículo 2º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 31 de octubre de 2013, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Teleférico de Choquequirao”. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1015333-9 Autorizan viaje de consultor a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 324-2013-EF/43 Lima, 15 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la XX Ronda de Negociaciones del Grupo de Inversiones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP, se llevará a cabo del 19 al 24 de noviembre de 2013, en la ciudad de Salt Lake City, Estados Unidos de América; Que, el objetivo principal del Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP, es el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre los países de Perú, Australia, Brunei, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam; Que, en la Ronda Intersesional de Negociaciones del Grupo de Inversiones se buscará cerrar las negociaciones a nivel técnico, a partir del progreso alcanzado en la anterior Ronda Intersesional, realizada del 6 al 9 de noviembre del presente año; asimismo, teniendo en cuenta que el Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra a cargo de las negociaciones en el mencionado grupo y que la referida Ronda prevé reuniones a nivel de Jefes Negociadores de las Mesas de Inversiones de cada país, se estima conveniente que el señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en la citada Ronda Intersesional de Negociaciones en el Grupo de Inversiones; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como en la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Salt Lake City, Estados Unidos de América, del 18 al 25 noviembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 2 200,00 Viáticos (6 + 1 días) : US $ 3 080,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1015331-1