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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (16/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507213 Que, mediante el documento presentado con fecha 14 de octubre de 2013, bajo el Registro Nº 2335086, ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a su favor, la transferencia de la concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar La Joya; Que, como sustento de su solicitud, presentó un Contrato de Transferencia, suscrito el 14 octubre de 2013, mediante el cual PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A. transfi ere a favor de ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A. la concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar La Joya; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, luego de verifi car que se ha producido una transferencia privada de la concesión temporal que nos ocupa, y estando a lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión a ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A., quien deberá incorporar en la Escritura Pública del citado Contrato de Transferencia, el texto de la presente Resolución Ministerial; Estando a lo expuesto de acuerdo con el Informe N° 712-2013-DGE-DCE y conforme a lo dispuesto en los artículos 1435 y 1436 del Código Civil; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar La Joya, que efectúa PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A. a favor de ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A. a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá ser incorporado en la Escritura Pública del Contrato de Transferencia mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1014032-1 Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de Compra de kits de cocinas a GLP y cocinas mejoradas, conforme a lo dispuesto en el D.U. N° 058-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2013-MEM/DM Lima, 11 de noviembre de 2013 VISTO: El Memorando N° 0483-2013/MEM-DGEE de la Dirección General de Efi ciencia Energética y el Informe N° 0535-2013/MEM-SDC del Coordinador General del Programa Cocina Perú; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29271, establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndose las funciones y competencia sobre micro y pequeña empresa – MYPE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 058-2011, se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera, con el objetivo de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional en determinadas materias, entre ellas la de producción y productividad a favor de las micro y pequeñas empresa, autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de núcleos ejecutores la adquisición de determinados bienes a las MYPE, entre otros, la adquisición de cocinas para el Ministerio de Energía y Minas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, modifi ca la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, disponiendo la ampliación de la vigencia del capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011 hasta el 31 de diciembre de 2016, a efectos de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores; Que, mediante Ofi cio N° 025-2013-MEM/DM el Ministerio de Energía y Minas comunica al Ministerio de la Producción, que tiene previsto adquirir cocinas de dos hornillas a Gas Licuado de Petróleo (GLP); Que, conforme al numeral 9.3 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, las instituciones públicas correspondientes deben acreditar a sus representantes ante el Núcleo Ejecutor; Que, mediante Decreto Supremo N° 270-2013-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL y 00/100 Nuevos Soles (5 910 000.00), para ser destinados al fi nanciamiento de la adquisición de cien mil (100,000) cocinas de mesa de 02 hornillas a Gas Licuado de Petróleo (GLP) a ser distribuidas a la población vulnerable rural y urbana de diferentes localidades del país; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto administrativo mediante el cual se apruebe la designación del representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Núcleo Ejecutor de compra de cocinas mencionado en el Decreto de Urgencia N° 058-2011; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 058-2011, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Héctor Olazábal Napuri como representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Núcleo Ejecutor de Compra de kits de cocinas a GLP y cocinas mejoradas, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a los Ministerios de Desarrollo e Inclusión Social, de la Producción, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, y a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1015330-1 INTERIOR Aprueban la Matriz de Monitoreo y Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 - 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1519-2013-IN Lima, 15 de Noviembre de 2013