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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (24/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Domingo 24 de noviembre de 2013 507677 10537 del Fundo Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres provincia y departamento de Lima, con Resolución Nº 116-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 24.08.2009 la Municipalidad Metropolitana de Lima resuelve Establecer la Conformidad de la Resolución de Alcaldía Nº 099-2009/ MDSMP de fecha 27.02.2009, y Resolución de Alcaldía Nº 241-2009//MDSMP de fecha 12.06.2009, inscrito en el Asiento B00002 de la Partida Electrónica Nº 43765337de la SUNARP; Que, de acuerdo al S.E. Nº 1051567-2013 emitido por EDELNOR de fecha 30 de mayo del 2013, dicha entidad otorga la Constancia de Existencia y Sufi ciencia de Redes Eléctricas en vista que la zona cuenta con redes del Subsistema de Distribución Primaria, Secundaria e instalaciones de Alumbrado Público. Así mismo cumple con informar que existe afectación de las Distancias Mínimas de Seguridad en las redes del Sistema de Distribución Secundaria en los predios ubicados en la manzana B lote 01, manzana C lote 25, manzana D lotes 06, 07, 10 y 11, manzana E lote 07, manzana F lote 09, debido a que los aleros mayores que son de 0.6 m, no cumplen con la distancia mínima de seguridad del Programa de Vivienda Residencial Los Pinos de Santa Rosa. Que con Carta Nº 3231-2012-EOMR-C emitida por SEDAPAL de fecha 17 de Diciembre del 2013, en el que señala que el programa de Vivienda Residencial Los Pinos de santa Rosa, cuenta con redes de servicio operativas (Sector 256 esquema Oquendo) de agua potable y alcantarillado, en buen estado de conservación y bajo la administración de Sedapal. Que, con Informes Nº 080-2013-CDV-SGCHU-GDU/ MDSMP de fecha 12 de Julio del 2013, el profesional técnico del área de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, manifi esta que la administrada ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el TUPA de esta corporación; y de la inspección ocular practicada verifi ca, que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, constatándose la existencia de los servicios básicos de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica. Asimismo se indica que la Recepción Parcial de Obras del inmueble constituido en la Parcela Nº 10537 del Fundo Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial “Los Pinos de Santa Rosa”, inscrito en la Partida Nº 43765337 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, aprobados con Resolución de Alcaldía Nº 099-2009/MDSMP y Resolución de Alcaldía Nº 241-2009/MDSMP. Que con Informe Nº 0191-CAST-2013-SGCHU-GDU- MDSMP de fecha 17 de Julio del 2013, emitido por el abogado de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, indica que en concordancia con el artículo 4º numeral 9 de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones - Ley Nº 29090, donde establece que las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana, y en su Art. 19º establece que una vez concluida las obras de habilitación urbana se solicitará la recepción de las mismas, se emita el respectivo acto administrativo declarando cumplida la Recepción Parcial de Obras, donde se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial “Los Pinos de Santa Rosa”, consecuentemente su inscripción ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las atribuciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de las Obras ejecutadas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, del predio denominado Programa de Vivienda Residencial “Los Pinos de Santa Rosa”, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, califi cado con Zonifi cación R-4 Residencial de Densidad Media del predio de 43, 451.54 m2, el mismo que corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 43765337 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de conformidad con el Plano Nº 053-2013-SGCHU-GDU/ MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de dicho acto administrativo Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS las obras de agua potable, alcantarillado y electrifi cación quedando por ejecutar en un plazo de veinticuatro (24) meses a partir de la fecha de notifi cación las obras faltantes como son la pavimentación de pistas y veredas, ornamentación de parques y jardines y señalización Habilitación Urbana faltantes, como son las obras de pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 43,451.54 m2. 1.1 Diseño.- Se ha respetado el siguiente cuadro de áreas: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 43,451.54 Área Recreación Pública 4,371.24 Área de Ministerio de Educación 874.36 Serpar 874.14 Área Util 24,737.03 Area en Compensación 182.20 Area de Vías Locales 12,412.57 Artículo Tercero.- DISPONER como carga lo advertido por EDELNOR con respecto a la existencia de afectación de las Distancias Mínimas de Seguridad en las redes del Sistema de Distribución Secundaria, en los predios ubicados en la manzana B lote 01, manzana C lote 25, manzana D lotes 06, 07, 10 y 11, manzana E lote 07 y manzana F lote 09 debido a que los aleros no cumplen con la distancia mínima de seguridad. Artículo Cuarto.- DISPONER a Don PABLO VICENTE CHUMPITAZ y Doña MARCIENDA MATILDE YZAGUIRRE ESPINOZA DE VICENTE debidamente representada por Doña DORIS CONSUELO VICENTE YZAGUIRRE, la publicación en el Diario Oficial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles de haber tomado válido conocimiento del citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales. Artículo Quinto.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos para efectos de la inscripción de la Recepción de las Obras Ejecutadas, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al Ministerio de Educación y al Servicios de Parques de Lima – SERPAR para su conocimiento. Artículo Sexto.- QUE la Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, tome conocimiento de la Recepción de Obras a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución. Artículo Séptimo- NOTIFICAR conforme a Ley a PABLO VICENTE CHUMPITAZ y MARCIENDA MATILDE YZAGUIRRE ESPINOZA DE VICENTE debidamente representada por Doña DORIS CONSUELO VICENTE YZAGUIRRE el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIANA CASTILLO CUEVA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1018120-1