Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2013 (24/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 24 de noviembre de 2013

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POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias; y; CONSIDERANDO: Que, el inciso 7) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a la ley; Que el articulo 51º de la Ley organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y su modificatoria Ley Nº 27902; en sus literales: a), d), e), i) y l) establecen como funciones de los Gobiernos Regionales en materia agraria lo siguiente: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural, Promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region, Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion, Planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboracion de planes y proyectos de desarrollo agrario agroindustrial y Fomentar sistemas de proteccion de biodiversidad y germoplasma, respectivamente; Que la Ley Nº 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica, tiene por finalidad promover el desarrollo sostenible y competitivo de la produccion organica o ecologica en el Peru, siendo sus objetivos especificos: a)promover el Desarrollo Sostenible y competitivo de la Produccion Organica o Ecologica en el Peru; b)Fomentar y promover la produccion organica para contribuir con la superacion de la pobreza, la seguridad alimentaria, la conservacion de los ecosistemas y de la diversidad biologica; c)Desarrollar e impulsar la produccion organica como una de las alternativas de desarrollo economico y social del MORDAZA, coadyuvando a la mejora de la calidad de MORDAZA de los productores y consumidores, y a la superacion de la pobreza; en su articulo 7º dicha MORDAZA establece la creacion de los Consejos Regionales de Productos Organicos - COREPO como entes representativos regionales, con la finalidad de fortalecer la produccion organica y de ser el enlace con el Consejo Nacional de productos Organicos - CONAPO para la elaboracion del Plan Nacional concertado para la promocion y fomento de la Produccion organica o ecologica; Que, mediante Oficio Nº 837-2013/GRP-420010DCA del 13 de junio de 2013 (HRYC Nº 26750), Direccion Regional de Agricultura alcanza la propuesta de Ordenanza Regional que crea el Consejo Regional de Productos Organicos; con Memorando Nº 4832013/GRP-420000 del 02 de MORDAZA de 2013, Gerencia Regional de Desarrollo Economico emite opinion tecnica; con el Informe Nº 1569-2013/GRP-460000 del 12 de agosto de 2013, Oficina Regional de Asesoria Juridica emite opinion legal; y con Carta Nº 002-2013MTRPO del 04 de MORDAZA de 2013 (HRYC Nº 29482) la Mesa Tecnica Regional de Produccion Organica alcanza propuesta sobre la conformacion de este organo consultivo; Que, es importante y necesario que el Gobierno Regional MORDAZA promueva acciones como asociatividad y buenas practicas agricolas y determine politicas que promuevan, faciliten y articulen este MORDAZA de procesos para la obtencion de productos de alta calidad, produccion organica que cumpla todos los estandares de calidad para los mercados mas exigentes y que contribuyan a fortalecer las iniciativas de desarrollo economico, bajo un enfoque de modelos sostenibles y de autoayuda y con respeto unico al medio ambiente;

d. Proponer Politicas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevencion y lucha contra la corrupcion. Articulo Quinto.- PRESIDENCIA La Presidencia asume la titularidad de la Comision Regional Anticorrupcion de la Region MORDAZA, la cual es elegida entre sus miembros y tiene caracter rotatorio cada ano. La Presidencia solo puede recaer en los representantes de las entidades Publicas. La Comision Regional Anticorrupcion de la Region MORDAZA sera convocada y presidida en primera sesion por el Presidente del Gobierno Regional Huanuco. Articulo Sexto.- SECRETARIA TECNICA La Secretaria Tecnica ejecuta los acuerdos de la Comision Regional Anticorrupcion del Gobierno Regional MORDAZA, asi como la direccion y elaboracion de los estudios y trabajos tecnicos que requiera dicha Comision para el cumplimiento de sus fines. Articulo Septimo.- ENCARGAR, al Organo Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA la implementacion de la presente Ordenanza Regional otorgandoles un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de su entrada en vigencia para la Constitucion e instalacion de la Comision Anticorrupcion de Huanuco. Articulo Octavo.- REGLAMENTO La Comision Regional Anticorrupcion del Gobierno Regional MORDAZA elaborara su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) dias calendario contabilizados desde la creacion de la Comision. Articulo Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su publicacion en el Diario de mayor circulacion; de la Region MORDAZA en estricto cumplimiento de lo que se dispone el Articulo 42 de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Articulo Decimo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 20 dias del mes de agosto del ano dos mil trece. EDGARD MORDAZA APAC Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 23 dias del mes de agosto del dos mil trece. MORDAZA R. MORDAZA QUEDO Presidente 1018057-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Constituyen el Consejo Regional de Productos Organicos en la Region MORDAZA - COREPO MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 280-2013/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL MORDAZA DEL GOBIERNO

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