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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (06/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Domingo 6 de octubre de 2013 504434 sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, las referidas transferencias de recursos se autorizan mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, en aplicación del artículo 53 del Reglamento de la Ley Nº 28749 – Ley General de Electrifi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007- EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 002-2013-MEM/DGER, el cual autoriza realizar transferencias para inversiones adicionales que sean requeridas, para subsanar defi ciencias en la construcción de acuerdo a las normas técnicas de electrifi cación rural y/o para ampliar la cobertura del servicio eléctrico rural, serán fi nanciados por la DGER con los recursos para electrifi cación rural; Que, mediante documentos GG-530/2013-ADINELSA, de fecha 24 de septiembre y SEAL GG-0295/2013 de fecha 26 de septiembre, la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA y la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL S.A., han solicitado a la DGER/MEM recursos económicos, para la subsanación de observaciones de cuatro (4) proyectos de electrifi cación rural que se detalla en el Anexo 01 y para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural que se detalla en el Anexo 02 respectivamente, sustentados con sus respectivos informes técnicos; Que, mediante Memorándums Nº 0612-2013/MEM/ DGER-JEST y Nº 0616-2013/MEM/DGER-JEST, la Dirección General de Electrifi cación Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad a los informes técnicos y a las solicitudes de Transferencias de Recursos, a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA, por el monto de S/. 6 151 784,00, para la subsanación de observaciones de cuatro (4) proyectos de electrifi cación rural detallados en el Anexo 01, y, a favor de la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL S.A., por el monto de S/. 11 572 886.00, para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural detallado en el Anexo 02, transferencias que se realizarán con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios Específi cos con la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA. y con la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL S.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica, de acuerdo a lo establecido en la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modifi cada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con la opinión favorable del Director General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina de Administración, del Viceministro de Energía, del Director General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 151 784,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2013; a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA, para la subsanación de observaciones de cuatro (4) proyectos de electrifi cación rural, según Anexo 01. Artículo 2º.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de ONCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 572 886.00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2013; a favor de la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL S.A., para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural, según Anexo 02. Artículo 3º.- Las transferencias antes citadas se efectuarán según el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Artículo 4º.- Los recursos de las Transferencias autorizadas, serán destinadas exclusivamente para los fi nes indicados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución Ministerial no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad; a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5°.- Los términos y obligaciones de las Transferencias de los Recursos se encuentran previstos en los Convenios de Transferencia para el mejoramiento, ampliación y reforzamiento de proyectos de electrifi cación rural, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA y la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL S.A. Artículo 6°.- Las entidades que reciben las Transferencias de Recursos informarán a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en los Convenios referidos en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas ANEXO 01 EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUC- TURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA Nº PROYECTO MONTO (S/.) 1 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO CAJAMARCA EJE ASUNCION – COSPAN 1 004 443.74 2 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO LONYA GRANDE I ETAPA Y PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO LONYA GRANDE SEGUNDA ETAPA 2 282 130.85 3 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO CHACHAPOYAS II ETAPA 1 290 756.97 4 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO CAJABAMBA – SAN MARCOS – HUAMACHUCO 1 574 452.35 ANEXO 02 SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL Nº PROYECTOS MONTO (S/.) 1 INSTALACION LINEA DE TRANSMISION 60 Kv BELLA UNION – CHALA Y SUBESTACION CHALA, PROVINCIA DE CARAVELI REGION AREQUIPA 11 572 885.10 997671-1