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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (06/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 6 de octubre de 2013 504437 Artículo 3º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 997556-1 Otorgan a la compañía Aero Andino S.A.C. la renovación de permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - fotografía aérea RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 477-2013-MTC/12 Lima, 19 de setiembre del 2013 Vista la solicitud de la compañía AERO ANDINO S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Fotografía Aérea; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 234- 2009-MTC/12 del 22 de setiembre del 2009 se otorgó a la compañía AERO ANDINO S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Fotografía Aérea, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 04 de octubre del 2009; Que, mediante Documento de Registro Nº 2013- 045020 del 25 de julio del 2013 la compañía AERO ANDINO S.A.C. solicitó la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 1239- 2013-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 173-2013-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 278-2013-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el artículo 6.2 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AERO ANDINO S.A.C., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Fotografía Aérea, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 05 de octubre del 2013, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 234-2009-MTC/12 del 22 de setiembre del 2009. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía AERO ANDINO S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía Aérea. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Pilatus Porter PC-6/B2-H4 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kiteni, Kirigueti, Las Malvinas, Patria, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María. DEPARTAMENTOS: ICA - Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: JUNÍN - Cutivireni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel Prado. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Chagual / Don Lucho, Huamachuco, Pías, Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chiclayo DEPARTAMENTO: LIMA - Internacional “Jorge Chávez”, Lib Mandi Metropolitano. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Trompeteros, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS - Iñapari, Manú, Mazuco, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MOQUEGUA - Ilo.