Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (08/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Martes 8 de octubre de 2013 504558 del Ministerio de Salud, es necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas las designaciones de los profesionales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, que a continuación se detallan, dándoseles las gracias por los servicios prestados. NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Médico Cirujano Jony Alberto LAOS JUÁREZ Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico F-4 Economista Urbano CHARAPAQUI ANCCASI Coordinador Técnico de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico F-3 Médico Cirujano Julio César BAZAN PARIÁN Supervisor II de la Dirección de Laboratorios de Salud Pública F-3 Artículo 2°.- Designar a la Médico Cirujano Ana Erika CHINEN YARA, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 997603-2 Conforman Unidad Funcional de Anticorrupción en el Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 626-2013/MINSA Lima, 4 de octubre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-037386-002, que contiene el Informe N° 127-2013-OGPP-OO/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Informativa N° 058-2013-GADM-AGN/MINSA del Despacho Ministerial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012- PCM, se aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, cuyo objeto general es lograr un “Estado transparente que promueve la probidad en el actuar público y privado; y garantiza la prevención, investigación, control y sanción efectiva de la corrupción en todos los niveles”; Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que, el Ministerio de Salud es el órgano del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modifi catorias, establece que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política y administrativa del sector, aprueba las políticas nacionales en su sector y supervisa su aplicación, en armonía con la política general del Gobierno; Que, el literal b) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala que una de las funciones y atribuciones del Ministro de Salud, es “Orientar, formular, dirigir y supervisar la política nacional de salud, en armonía con las disposiciones constitucionales, la política general y los planes del Gobierno”; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, aprobada con Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, establece que las entidades podrán conformar áreas funcionales, que en ningún caso forman parte de la estructura orgánica de la entidad y su naturaleza es temporal; Que, las áreas o unidades funcionales se establecen en el número estrictamente necesario, a fi n de facilitar la organización, supervisión, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, se establecen en el Manual de Organización y Funciones y su conformación se sustenta cuando hay necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad orgánica para que exista independencia y separación; cuando es necesario establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnica favorable para la conformación de la Unidad Funcional de Anticorrupción en el Despacho Ministerial lo cual permitiría dar una respuesta institucional organizada en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, aprobado con Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM; Que, en tal sentido, dada la naturaleza de la creación de las unidades y/o áreas funcionales, es pertinente señalar que la Unidad Funcional de Anticorrupción tendrá carácter temporal, en tanto se modifi que el Manual de Organización y Funciones del Despacho Ministerial, debiendo incorporarse en dicho documento de gestión la referida unidad funcional, por lo que estando a lo solicitado por el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y a lo sustentando por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la conformación de la Unidad Funcional de Anticorrupción Conformar con carácter temporal la Unidad Funcional de Anticorrupción en el Despacho Ministerial, en tanto