Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2013 (08/10/2013)


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del Ministerio de Salud, es necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas las designaciones de los profesionales de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud, que a continuacion se detallan, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL F-4 F-3 F-3

El Peruano Martes 8 de octubre de 2013

Medico Cirujano Jony Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento MORDAZA LAOS MORDAZA Estrategico Economista MORDAZA Coordinador Tecnico de CHARAPAQUI MORDAZA la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico Medico Cirujano MORDAZA Supervisor II de la Direccion de Laboratorios de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Publica

Articulo 2°.- Designar a la Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA CHINEN MORDAZA, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 997603-2

Conforman Unidad Anticorrupcion en Ministerial

Funcional de el Despacho

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 626-2013/MINSA MORDAZA, 4 de octubre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-037386-002, que contiene el Informe N° 127-2013-OGPP-OO/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Informativa N° 058-2013-GADM-AGN/MINSA del Despacho Ministerial; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012PCM, se aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, cuyo objeto general es lograr un "Estado transparente que promueve la probidad en el actuar publico y privado; y garantiza la prevencion,

investigacion, control y sancion efectiva de la corrupcion en todos los niveles"; Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que, el Ministerio de Salud es el organo del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el articulo 6° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, establece que el Ministro de Salud es la mas alta autoridad politica y administrativa del sector, aprueba las politicas nacionales en su sector y supervisa su aplicacion, en MORDAZA con la politica general del Gobierno; Que, el literal b) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, senala que una de las funciones y atribuciones del Ministro de Salud, es "Orientar, formular, dirigir y supervisar la politica nacional de salud, en MORDAZA con las disposiciones constitucionales, la politica general y los planes del Gobierno"; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional, aprobada con Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modificatorias, establece que las entidades podran conformar areas funcionales, que en ningun caso forman parte de la estructura organica de la entidad y su naturaleza es temporal; Que, las areas o unidades funcionales se establecen en el numero estrictamente necesario, a fin de facilitar la organizacion, supervision, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, se establecen en el Manual de Organizacion y Funciones y su conformacion se sustenta cuando hay necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad organica para que exista independencia y separacion; cuando es necesario establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegacion de autoridad que permita la adopcion de decisiones en los procesos operativos de caracter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinion tecnica favorable para la conformacion de la Unidad Funcional de Anticorrupcion en el Despacho Ministerial lo cual permitiria dar una respuesta institucional organizada en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, aprobado con Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM; Que, en tal sentido, dada la naturaleza de la creacion de las unidades y/o areas funcionales, es pertinente senalar que la Unidad Funcional de Anticorrupcion tendra caracter temporal, en tanto se modifique el Manual de Organizacion y Funciones del Despacho Ministerial, debiendo incorporarse en dicho documento de gestion la referida unidad funcional, por lo que estando a lo solicitado por el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y a lo sustentando por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- De la conformacion de la Unidad Funcional de Anticorrupcion Conformar con caracter temporal la Unidad Funcional de Anticorrupcion en el Despacho Ministerial, en tanto

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