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El Peruano Miércoles 23 de octubre de 2013 505599 acuerdo del Consejo Municipal se publica en su página web. Que, el Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondo públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino. Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en el caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofi nanciamiento de dichos proyectos a través de la transferencia fi nanciera, detallando las responsabilidades de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos. Que, con Ofi cio Nº 455-2013-GR-LL-GGR/GRPPAT, de fecha 13 de junio de 2013, la Gerencia Regional de Presupuesto y Hacienda remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la Certifi cación de Crédito Presupuestario e Informe Favorable para la Ejecución de la Obra Pública: “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sectores El Palmo Larrea y Barrio Nuevo Segunda Etapa-Distrito de Moche, por la suma de S/. 1’ 662,514.00 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Dos Mil y Quinientos catorce y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo a la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, en concordancia con lo establecido en el Artículo 77º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, D.S.304-2012-EF, y Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 – “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”. Que, mediante Ofi cio Nº 2005-2013-GGR/GRAJ de fecha 13 de junio del 2013, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite informe legal sobre la propuesta de Acuerdo Regional para el proceso de Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos locales de la Región, expresando opinión favorable conforme a la normatividad vigente, dentro de las cuales se especifi ca el proyecto de Acuerdo Regional que aprueba la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Moche, por un monto total equivalente a S/. 1’ 662,514.00 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Dos Mil y Quinientos catorce y 00/100 Nuevos Soles), para la Ejecución de la Obra Pública: “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sectores El Palmo Larrea y Barrio Nuevo Segunda Etapa-Distrito de Moche. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y los Artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional acordó: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Moche, por un monto total equivalente a S/. 1’ 662,514.00 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Dos Mil y Quinientos catorce y 00/100 Nuevos Soles), para la Ejecución de la Obra Pública: “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sectores El Palmo Larrea y Barrio Nuevo Segunda Etapa-Distrito de Moche. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad suscribir el Convenio respectivo que establece el inciso c) del numeral 12.1 del Artículo 12º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- FACULTAR a la Secretaria del Consejo Regional La Libertad efectúe la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, difundir a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. LUIS AGUSTÍN SOLANO ARROYO Presidente Consejo Regional La Libertad 1002709-10 Manifiestan conformidad a las propuestas de modificaciones al Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Chavimochic, y al esquema económico financiero de la concesión ACUERDO REGIONAL Nº 071-2013-GR-LL/CR Trujillo, 10 de julio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 10 de julio de 2013; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Programas y Proyectos Especiales del Consejo Regional La Libertad y teniendo en cuenta el Ofi cio Nº 8-2013/PROINVERSIÓN/DPI/SDGP/JAHI.02 y el correo electrónico sobre el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a otorgar la conformidad a la modifi cación del Plan de Promoción del Proyecto CHAVIMOCHIC y al Esquema Económico Financiero de la Concesión, enviado por PROINVERSIÓN el 08/07/2013 y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191 de la Constitución Política del Estado y al artículo 2 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Acuerdos Regionales conforme a lo prescrito en el primer párrafo del artículo 39 de la citada Ley, que señala que: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara la voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 028-2009-GR- LL/CR del 3 de junio de 2009, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad aprobó, entre otros acuerdos, la incorporación del Proyecto Chavimochic al proceso de promoción de la inversión privada y dispuso solicitar a PROINVERSIÓN asistencia técnica bajo la modalidad de encargo, para el diseño, conducción y desarrollo del referido proceso. Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN del 17 de junio de 2009, ratifi cado mediante Resolución Suprema Nº 075-2009-EF, se aprobó, entre otros acuerdos, que PROINVERSIÓN tome a su cargo el referido proceso. Que, con fecha 30 de junio de 2009, el Gobierno Regional de la Libertad y PROINVERSIÓN suscribieron el respectivo Convenio de Asistencia Técnica; el cual fue posteriormente modifi cado mediante la Adenda Nº 1 del 16 de mayo de 2012. Que, mediante Ofi cio Nº 2044-2012-EF/63.01 del 5 de julio de 2012, y sobre la base del Informe Técnico Nº 070-2012-EF/63.01, la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas ratifi có la condición de viabilidad del Proyecto Chavimochic. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 161-2012-GR- LL/CR del 5 de octubre de 2012, el Consejo Regional de La Libertad dio su conformidad al proyecto de Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto