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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (23/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Miércoles 23 de octubre de 2013 505590 VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 2 de julio de 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Producción del Consejo Regional La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Crear el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, señala en su artículo 192º, que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional. Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas o delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 26496, Ley Régimen de la Propiedad, Comercialización y Sanciones por la Caza de las Especies de Vicuña, Guanaco y sus Híbridos, declara a los camélidos sudamericanos: vicuña, guanaco y sus híbridos, como especies de fauna silvestre sujetas a protección por el Estado, el mismo que deberá promover el desarrollo y el aprovechamiento racional de dichas especies. Que, los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 28041, Ley que promueve la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos domésticos alpaca y llama, indica que se debe promover la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos alpacas y llamas, y son benefi ciarios de esta Ley los pequeños criadores y productores de alpacas y llamas de las zonas alto andinas del país; así como de las comunidades campesinas y empresas agrarias que se dedican a esta actividad. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28350, Ley de Promoción del Mejoramiento Genético y Conservación de las Razas de Camélidos Domésticos, establece que el objeto de la presente Ley es promover el mejoramiento genético y preservación de la alpaca y llama, y la declara como “Recurso Genético del Perú”. Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 015- 2004-MINCETUR, Crean Comisión Nacional de Productos Bandera-COPROBA, establece que esta Comisión Nacional de Productos Bandera, tendrá como propósito elaborar una estrategia nacional integrada de identifi cación, promoción y protección de la identidad de los productos bandera, tanto en el interior como en el exterior del país, la que será presentada al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su aprobación. En el País los Productos Bandera del Perú, son aquellos productos o expresiones culturales cuyo origen o transformación han ocurrido en el territorio peruano con características que representan la imagen del Perú fuera del país. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, ha aprobado desde el año 2004 hasta la actualidad 19 productos bandera, dentro de los cuales el primer lugar los ocupa los camélidos Peruanos (alpaca y vicuña) con un valor ponderado de 8.79; Cabe mencionar que las exportaciones de camélidos peruanos pasó de US$ 30.2 millones a mayo del año 2007 a US$ 31.5 millones en similar lapso del 2008, lo que representa un crecimiento del 4%. Nuestro país exportó productos no solo hechos con la fi bra de estos camélidos, principalmente alpaca, sino también de su cuero. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 354-2008- AG, fueron transferidas por el Ministerio de Agricultura al Gobierno Regional de La Libertad, las funciones en materia agraria y dentro de ellas las contenidas en el literal p) del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, como es la de promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería regional. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 021- 2009-GR-LL/CR, aprobar en Vías de Regularización el Plan Ganadero de la Región La Libertad 2006-2015, se aprobó el instrumento de gestión y orientador de la política regional de la actividad ganadera en nuestra Región. Como resultado de este plan entre otros se llegó a la conclusión que se debía Crear el Proyecto Especial Regional de Camélidos Sudamericanos en la Región La Libertad. Que, la Ordenanza Regional Nº 022-2009-GR-LL/CR, declarar de Prioridad e Interés Regional la Promoción del Consumo de Carne de Alpaca y Fomentar el Desarrollo de la Ganadería Alpacuna en la Región La Libertad, establece que en nuestra Región La Libertad, se debe fomentar la crianza, producción, comercialización y consumo de la carne de alpaca; a fi n de benefi ciar a los pequeños criadores y productores de alpacas de las zonas alto andinas que se dedican a esta actividad. Que, la Ordenanza Regional Nº 030-2009-GR- LL/CR, Declarar al Guanaco (Lama guanicoe) como Patrimonio de la Región La Libertad y de Necesidad Pública e Interés Regional su Protección y Conservación; establece que el Gobierno Regional de La Libertad, asume la defensa de este patrimonio natural (guanaco), implementando los mecanismos adecuados y necesarios para su conservación y protección; y a su vez reconoce la existencia de los últimos relictos de poblaciones silvestres de guanacos que se encuentran en peligro de extinción en la Reserva Nacional de Calipuy (provincias de Virú y de Santiago de Chuco) lugares donde se inicia su crianza a nivel de América del Sur. Que, la Ordenanza Regional Nº 032-2009-GR-LL/CR, aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de La Libertad 2010-2021, establece como prioridad dentro de los programas y proyectos productivos de desarrollo regional, el fortalecimiento de la cadena de valor de los camélidos sudamericanos con enfoque de equidad. Que, en lo concerniente a los camélidos domésticos en la Región La Libertad, existe una problemática que todavía no ha sido solucionada ya que los pequeños productores de alpacas y llamas, ubicados en las zonas alto andinas, todavía viene usando y aplicando en su gran mayoría técnicas tradicionales en la crianza de estas especies, trayendo como consecuencia lo siguiente: Bajos índices productivos; pérdida de la diversidad genética; baja calidad y oferta forrajera; alta incidencia de enfermedades; inadecuada prácticas de manejo; deterioro de la calidad genética para producción de fi bra; poca capacidad de negociación; bajo precios de sus productos; productos con poco valor agregado; débil organización de productores, inadecuado uso y manejo de los recursos (agua, suelo y pastos); escasos estudios e investigaciones en camélidos; apoyo reducido y focalización de instituciones relacionadas con el sector; falta de un diagnóstico integral del sector a nivel de la región, y falta de autonomía política del sector. Que, en lo referente a los camélidos silvestres vicuña y guanaco, también presenta su problemática, ya que poco o nada se ha hecho en la supervisión de las actividades de conservación, manejo y aprovechamiento sostenible de estas especies, a pesar de que estas especies están protegidas por el Estado, trayendo como consecuencia lo siguiente: Falta de protección y conservación de las especies silvestres vicuña y guanaco; falta de articulación con las instituciones estatales para la protección de la vicuña y el guanaco; escasa promoción en el manejo y aprovechamiento productivo de la vicuña; falta de supervisión y control del proceso de comercialización y transformación de la fi bra de la vicuña; Que, la Creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL, se justifi ca plenamente por las razones siguiente: La Región La Libertad, es la única a nivel nacional que cuenta con las 4 especies de camélidos sudamericanos; existencia de más de 368,000 hectáreas de pastos naturales que se encuentran por repoblar; fuente de ingreso económico para los pequeños productores que se dedican a su manejo y aprovechamiento; entidades públicas y privadas han ejecutado proyectos exitosos relacionados a la introducción de alpacas, llamas y vicuñas; existencia de productores organizados; cumplir las funciones establecidas en la Resolución Ministerial Nº 354-2008- AG, referidas a la función específi ca p) del artículo 51º