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El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505806 días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1006159-11 Autorizan ingreso al territorio nacional de técnico de primera de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 940-2013 DE/SG Lima, 25 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 840 del 16 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1359 CCFFAA/D-7/EVAL del 24 de octubre de 2013, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 28 de octubre de 2013 al 1 de marzo de 2014, a fi n de realizar una visita destinada a brindar apoyo de entrenamiento al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Técnico de Primera Juan CRUZ-ESCOBAR de los Estados Unidos de América, del 28 de octubre de 2013 al 1 de marzo de 2014, a fi n que realice una visita para brindar apoyo de entrenamiento al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1006157-1 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional” (Concesión Norte) DECRETO SUPREMO N° 268-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 10 de febrero de 2012, se acordó sustituir el Proyecto “Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur” y el Proyecto “Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio”, por el Proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, excluyéndolos del proceso de promoción; Que, mediante el mismo acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 10 de febrero de 2012, se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes, encargando al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD, la conducción del indicado proceso de promoción; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 22 de marzo de 2012, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”; Que, el día 25 de julio de 2013, se realizó el acto de Presentación y Apertura de Sobres N° 1 y N° 2 y Buena Pro, otorgándose la Buena Pro del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional” (Concesión Norte) al Consorcio Promigas – Surtigas; Que, mediante documento de fecha 21 de agosto de 2013, el Consorcio Promigas – Surtigas, el cual obtuviera la Buena Pro de la Concesión Norte del Concurso Público para la entrega en concesión del proyecto “Masifi cación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional”, comunica a PROINVERSIÓN que la denominación de la Sociedad Concesionaria es “Gases del Pacífi co S.A.C.”; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 22 de agosto de 2013, se acordó otorgar, mediante contrato, las