Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

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Que, en el MORDAZA de la Octava Ronda del Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria se ha suscrito el Acuerdo de Subvencion PER-809-GO7T del Proyecto "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra la Tuberculosis en el Peru", consignandose como receptor principal del desembolso al Ministerio de Salud a traves de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, por el importe de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 970 004,00); Que, como producto del MORDAZA y MORDAZA desembolso efectuado por el Fondo Mundial de lucha contra el VIH, TBC y Malaria, mediante Oficio N° 0705-2013PARSALUD/CG, el Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, solicita gestionar la inclusion en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud, en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, el importe de SETECIENTOS SEIS MIL CIENTO DIECINUEVE Y 00/10 NUEVOS SOLES (S/. 706 119,00); senalando que dichos fondos permitiran financiar la ejecucion de las actividades programadas en el MORDAZA del Proyecto "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra la Tuberculosis en el Peru" para el MORDAZA trimestre del presente Ano Fiscal, de conformidad con el acuerdo suscrito con el precitado Fondo, las que estaran a cargo de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD del Pliego 011: Ministerio de Salud, en su calidad de receptor principal de la donacion; Que, como consecuencia de lo MORDAZA mencionado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos publicos a incorporar corresponden a la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Presupuesto, mediante Informe N° 215-2013-OGPP-OP/ MINSA, y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42° y el articulo 69° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1° - Aceptacion de Donacion Aceptar la donacion de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 970 004,00); efectuada por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, destinada a financiar la ejecucion de las actividades programadas en el MORDAZA del Acuerdo de Subvencion PER-809-GO7-T del Proyecto "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra la Tuberculosis en el Peru", consignando como receptor principal al Ministerio de Salud a traves de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud -PARSALUD. Articulo 2° - Incorporacion de Presupuesto Autorizar la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma SETECIENTOS SEIS MIL CIENTO DIECINUEVE Y 00/10 NUEVOS SOLES (S/. 706 119,00); de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO:4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 1.4.1.2 De Organismos Internacionales 1.4.1.2.2 Otros Organismos 1.4.1 2.2 99 Otros Organismos Internacionales TOTAL INGRESOS: 706 119,00 706 119,00 706 119,00 706 119,00 706 119,00 706 119,00 ----------------706 119,00 ==========

Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2012, el Documento Tecnico denominado "Plan Estrategico Institucional 2012-2016 del Ministerio de Salud", que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1005200-1

Aceptan donacion efectuada por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria
RESOLUCION MINISTERIAL N° 667-2013/MINSA MORDAZA, 23 de octubre del 2013 Visto: el Informe Nº 215-2013-OGPP-OP/MINSA, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se expidio la Resolucion Ministerial N° 1019-2012/MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2012, que aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolucion del Titular de la Entidad cuando provengan de MORDAZA distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el Ano Fiscal; Que, el articulo 69° del citado Texto Unico Ordenado, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas, entre otros, por Resolucion del Titular de la Entidad, debiendo ser publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del articulo 19° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", aprobada por Resolucion Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporacion de mayores fondos publicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del articulo 42° de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 25.1 del articulo 25° de la mencionada Directiva senala que dado el caracter financiero del presupuesto del Sector Publico, solo procede la incorporacion de recursos monetarios, cuyos montos seran registrados en numeros enteros;

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