Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

505809
ANEXO I
N° CUODE 533 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 533 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 613 Sub Partidas Nacional 7310.10.00.00 7413.00.00.00 8481.10.00.90 8481.20.00.90 8481.30.00.90 8481.40.00.90 8481.80.20.00 8481.80.30.00 8481.80.40.00 8481.80.51.00 8481.80.59.00 8481.80.60.00 8481.80.70.00 8481.80.80.00 8507.10.00.00 8507.20.00.00 8507.30.00.00 8507.40.00.00 8507.50.00.00 8507.60.00.00 8507.80.00.00 8544.20.00.00 8544.42.10.00 8544.42.20.00 8544.42.90.00 8544.49.10.10 8544.49.10.90 8544.49.90.10 8544.49.90.90 8544.60.10.00 8544.60.90.00 8544.70.00.00 6905.90.00.00 7306.30.10.00 7306.30.91.00 7306.30.92.00 7306.30.99.00 7306.40.00.00 7306.50.00.00 7306.90.00.00 7307.11.00.00 7307.19.00.00 7307.21.00.00 7307.22.00.00 7307.23.00.00 7307.29.00.00 7307.91.00.00 7307.92.00.00 Descripcion

de Economia y Finanzas ha remitido el Oficio N° 91412013-EF/13.01, presentado el 18 de octubre de 2013 al Ministerio de Energia y Minas bajo el Registro N° 2336258, acompanando el Informe N° 271-2013-EF/61.01 en el que, luego de la evaluacion realizada, opina que procede la aprobacion de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construccion para el acogimiento al Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973, acompanando los Anexos I y II que muestran el detalle de los bienes, servicios y las actividades de construccion; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007EM; Con la opinion favorable del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a la empresa PLANTA DE RESERVA FRIA DE GENERACION DE ETEN S.A., por el desarrollo del proyecto denominado "Planta de Reserva Fria de Generacion de Eten", en adelante el "Proyecto", de acuerdo con el Contrato de Inversion suscrito con el Estado el 23 de agosto de 2013. Articulo 2.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversion a cargo de PLANTA DE RESERVA FRIA DE GENERACION DE ETEN S.A. asciende a la suma de US$ 145 173 954,00 (Ciento Cuarenta y Cinco Millones Ciento Setenta y Tres Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) ano, once (11) meses y veintiun (21) dias, contado a partir del 30 de MORDAZA de 2013. Articulo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversion Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo principal del Contrato de Inversion es el previsto en las Clausulas Primera y MORDAZA del mismo y el inicio de las operaciones productivas estara constituido por la percepcion de cualquier ingreso proveniente de la explotacion del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el articulo 5 de dicho Decreto Legislativo. Articulo 4.- Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el articulo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversion, comprende el impuesto que grave la importacion y/o adquisicion local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, asi como los servicios y contratos de construccion que se senalan en los Anexos de la presente Resolucion, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecucion del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversion. Para determinar el beneficio MORDAZA indicado se consideraran las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construccion que se hubieran efectuado a partir del 30 de MORDAZA de 2013 y hasta la percepcion de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el articulo anterior. 4.2 Las Listas de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, segun subpartidas nacionales, servicios y contratos de construccion se incluira como un anexo al Contrato de Inversion y podra ser modificada a solicitud de PLANTA DE RESERVA FRIA DE GENERACION DE ETEN S.A. de conformidad con el numeral 6.1 del articulo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS - De capacidad superior o igual a 50 l Cables, trenzas y articulos similares, de cobre, sin aislar para electricidad. - - Las demas - - Las demas - - Las demas - - Las demas - - Valvulas llamadas «arboles de Navidad» - - Valvulas para neumaticos - - Valvulas esfericas - - - Para presiones superiores o iguales a 13,8 Mpa - - - Los demas - - Las demas valvulas de compuerta - - Valvulas de globo de diametro nominal inferior o igual a 100 mm - - Las demas valvulas solenoides - De plomo, de los tipos utilizados para arranque de motores de embolo (piston) - Los demas acumuladores de plomo - De niquel-cadmio - De niquel-hierro - De niquel-hidruro metalico - De iones de litio - Los demas acumuladores - Cables y demas conductores electricos, coaxiales - - - De telecomunicacion - - - Los demas, de cobre - - - Los demas - - - - Para una tension inferior o igual a 80 V. - - - - Los demas - - - - Para una tension inferior o igual a 80 V. - - - - Los demas - - De cobre - - Los demas - Cables de fibras opticas - Los demas - - Con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0,6% - - - Tubos de MORDAZA de diametro externo hasta 16 mm, de doble pared - - - Tubos de MORDAZA de diametro inferior o igual a 10 mm, de pared sencilla - - - Los demas - Los demas, soldados, de seccion circular, de MORDAZA inoxidable - Los demas, soldados, de seccion circular, de los demas aceros aleados - Los demas - - De fundicion no maleable - - Los demas - - Bridas - - Codos, curvas y manguitos, roscados - - Accesorios para soldar a tope - - Los demas - - Bridas - - Codos, curvas y manguitos, roscados

MATERIALES DE CONSTRUCCION ELABORADOS

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