Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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la suma de S/. 9 148 744.63 (Nueve millones ciento cuarenta y ocho mil setecientos cuarenta y cuatro con 63/100 Nuevos Soles) correspondiente al Aporte del Programa a favor de organismos publicos, de setenta y siete (77) proyectos de la Accion de Contingencia AC-58; de los cuales, mediante el Informe Nº 279-2013-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Tecnica y Evaluacion de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, senala que los organismos ejecutores de setenta y dos (72) proyectos se comprometieron a la MORDAZA de los proyectos definitivos; asimismo refiere que los organismos proponentes de siete (07) proyectos no cumplieron con levantar las observaciones advertidas o hacer entrega de los expedientes tecnicos definitivos en los plazos establecidos; por lo que solicita la Certificacion de Credito Presupuestario para sesenta y cinco (65) proyectos de la Accion de Contingencia AC-58, cuyo aporte del Programa corresponde a S/. 6 970 612.46 (Seis millones novecientos setenta mil seiscientos doce con 46/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando Nº 102-2013-TP/DE/ UGPPME-UPP, la Unidad de Planificacion y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificacion, Presupuesto, Monitoreo y Evaluacion, en el MORDAZA de los proyectos de la Accion de Contingencia AC-58, otorga la Certificacion de Credito Presupuestario - CCP Nº 169-2013-MTPE/4/11, por la suma total de S/. 6 970 612.46 (Seis millones novecientos setenta mil seiscientos doce con 46/100 nuevos soles); la misma que corresponde a sesenta y cinco (65) proyectos de la Accion de Contingencia AC-58; Que, a traves del Informe Nº 304-2013-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Tecnica y Evaluacion de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos remite cuarenta y siete (47) convenios, por un monto de S/. 5 340 643.35 (Cinco millones trescientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y tres con 35/100 nuevos soles), los cuales estan consignados en el cuadro consolidado denominado "Relacion de Proyectos de la Accion de Contingencia AC-58 (2º Grupo)" anexo al citado informe; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Gerente de la Unidad Gerencial de Planificacion, Presupuesto, Monitoreo y Evaluacion del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal d) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; y, el literal a) del numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" a favor de organismos ejecutores del sector publico para el pago del Aporte Total del Programa de cuarenta y siete (47) convenios en el MORDAZA de los proyectos de la Accion de Contingencia AC-58 (2º Grupo), por la suma total de S/. 5 340 643.35 (Cinco millones trescientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y tres con 35/100 nuevos soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refiere el articulo precedente se publique en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1005615-2

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, a Venezuela y Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 653-2013-MTC/02 MORDAZA, 22 de octubre de 2013 VISTOS: Los Informes Nº 411-2013-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y Nº 3642013-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Lan Peru S.A. y Trans American Airlines S.A, han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para evaluacion de su personal aeronautico, a ser atendidas durante los meses de octubre y noviembre de 2013, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A. y Trans American Airlines S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado

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