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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (26/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013 503663 Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentos materia de competencia; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: DECLARAR EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DE LA QUINUA Y LA OBLIGATORIEDAD EN TODOS LOS EVENTOS Y FESTIVIDADES QUE REALIZA A NIVEL DE LA REGIÓN HUÁNUCO LA QUINUA ESTÉ PRESENTE Y AUTORIZA LA ORGANIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL AÑO INTERNACIONAL DE LA QUINUA 2013 ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR, que en todos los eventos y festivales a nivel de la Región Huánuco, la Quinua tenga presencia activa, en cuanto a la exhibición de su biodiversidad y platos a base de Quinua. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Dirección Regional Agraria Huánuco, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Comisión Multisectorial del AIQ y otros, realice las actividades conducentes a promover la organización y celebración del “Año Internacional de la Quinua 2013”; con la participación activa de los miembros conformantes. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Huánuco, la implementación del Procedimiento Técnico Administrativo, para la asignación presupuestal, que garantice la ejecución de las actividades del Año Internacional de la Quinua. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, Diario de mayor circulación; en estricto cumplimiento de lo que se dispone el Artículo 42 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y el Portal Electrónico del Gobierno Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 10 días del mes de junio del año dos mil trece. EDGARD ALVAREZ APAC Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 21 días del mes de junio del dos mil trece. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 992096-1 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Red de Salud Puerto Inca - Unidad Ejecutora ORDENANZA REGIONAL Nº 055-2013-CR-GRH Huánuco, 19 de julio del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 11 de julio del dos mil trece, el Dictamen Nº 031- 2013-GRH-CP-/CPPPATAL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Red de Salud Puerto Inca; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, mediante Ley 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013, en las Disposiciones Complementarias Finales Centésima Vigésima Primera establece la creación de Unidades Ejecutoras, inciso j) Red de Salud de Ambo, Red de Salud de Puerto Inca, en el Pliego Gobierno Regional de Huánuco. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el Título III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la Necesidad de aprobar el ROF, incisos a) La creación de una nueva entidad y c) Por efecto de la transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización. Que, mediante Informe Nº 081-2013-GRH-GRPPAT/ SGDIS de fecha 07 de mayo del 2013, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Puerto Inca - Unidad Ejecutora – Salud Puerto Inca, instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias;