Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2013 (26/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013

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Ley N.° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley N.° 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Del mismo modo, establece que solo podran publicarse encuestas realizadas por personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolucion N.° 5011-2010-JNE, se aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cual se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales, que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referido a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. Al respecto, es menester precisar que el articulo 7 del Reglamento establece los requisitos para la renovacion de inscripcion, dentro de los cuales se debe presentar MORDAZA actualizada de la ficha registral expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la ficha RUC expedida por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente. 3. Se advierte que la solicitante ha cumplido con presentar la MORDAZA actualizada de la ficha registral de Procest Consultores E.I.R.L., correspondiente a la Partida Registral N.° 11098238 (fojas 3 a 7), la MORDAZA de vigencia del RUC N.° 20490261614 (foja 8), y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente (foja 9). Igualmente, no se ha constatado la necesidad de actualizar la informacion registrada previamente. En consecuencia, corresponde renovar la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras a Procest Consultores E.I.R.L., en la Partida Registral N.° 200-REE/JNE. Cabe resaltar que la renovacion de inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, conforme con el articulo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- RENOVAR la inscripcion de Procest Consultores E.I.R.L., en la Partida Registral N.° 200REE/JNE del Registro Electoral de Encuestadoras, la cual debera actuar de acuerdo con el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras y las demas normas electorales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS.

Que, en consecuencia, debe emitirse la Resolucion correspondiente, designando a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria General como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia asi como de entregar la informacion que se requiera al MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a partir del 19 de agosto de 2013, en reemplazo de los docentes Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lujan; Estando a las consideraciones que anteceden y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE: 1º. DESIGNAR, a partir del 19 de agosto de 2013, a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria General de la Universidad Nacional del MORDAZA como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia asi como de entregar la informacion que se requiera al MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, de conformidad con los Arts. 5º y 8º del TUO de la mencionada Ley aprobada con D.S. Nº 043-2003-PCM, y con el Art. 4º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM y modificatorias. 2º. COMUNICAR la designacion establecida en el articulo precedente, a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM. 3.º DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rectora de la Universidad Nacional del MORDAZA 992153-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de Procest Consultores E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION N° 740-2013-JNE Expediente N.° J-2013-00822 REGISTRO ELECTORAL DE ENCUESTADORAS MORDAZA, seis de agosto de dos mil trece VISTA la solicitud de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calvo, en calidad de representante legal de la encuestadora Procest Consultores E.I.R.L. ANTECEDENTES

MORDAZA MORDAZA Mediante la Resolucion N.° 2018-2010-JNE, del 7 de setiembre del 2010, se inscribio a Procest Consultores E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras, con Partida Registral N.° 200-REE/JNE. Posteriormente, por medio de escrito, presentado el dia 4 de MORDAZA de 2013, se solicito la renovacion de inscripcion de la referida persona juridica en el Registro Electoral de Encuestadoras. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los articulos 178.1 y 178.3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 976429-1

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