NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (26/09/2013)
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El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013 503661 Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo, viático y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de la Resolución SBS Nº 5372-2013, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR- ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en los Decretos Supremo Nos 047-2002-PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Ivanozky Michael Sánchez Gutiérrez, Supervisor de Seguros del Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “C” y Oscar Andrés Lama Castro, Supervisor de AFP del Departamento de Supervisión Previsional, ambos de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, Amir Salomón Pacheco, Analista del Departamento de Desarrollo de Sistemas y Saúl Rojas Romaní, Administrador de Base de Datos del Departamento de Soporte Técnico, ambos de la Gerencia de Tecnologías de la Información de la SBS del 27 de setiembre al 03 de octubre de 2013, a la ciudad de Phoenix, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 5,811.66 Viáticos US$ 8,800.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i) 992479-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban la transferencia de la autorización definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Hidroeléctrica Huanchor S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 110-2013-GRL-GRDE-DREM Huacho, 15 de abril del 2013 VISTO, el Expediente Nº 578660, de fecha 01 de abril de 2013, por el que la Empresa Hidroeléctrica Huanchor S.A.C., con RUC 20546236073, inscrito en el Registro SUNARP con partida 127669911, representado por Juan Ignacio Rosado Gómez de la Torre, DNI 10271016, registro de poder con partida 127669911, Asiento B00001 y domicilio Legal en la avenida Manuel Olguín Nº 375, Urb. Los Granados, Distrito Santiago de Surco - Lima. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, con R.M. Nº 050-2006-MEM/DM formaliza la transferencia de la función contemplada en el Inciso “d” del artículo 59º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de hidrocarburos de la región. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generación eléctrica. Que la DREM es competente en el procedimiento administrativo solicitado de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 056-2009-EM “Disponen Adecuar Competencia de los Gobiernos Regionales para el Otorgamiento de Concesiones Defi nitivas de Generación con Recursos Energéticos Renovables”. Que, con Ofi cio Nº 282-2013/MEM-DGE, el Ing. Roberto Tamayo Pereyra, Director General de la Dirección General de Electricidad da cuenta del traslado de la solicitud de transferencia de titularidad a favor de Hidroeléctrica Huanchor S.A.C. de la CH Tamboraque 2, trasladando a la DREM la solicitud por ser competente, procediendo el titular con carta Nº HH-83-13, Reg. 578660, a reingresar el Expediente por mesa de partes del Gobierno Regional. Que revisado la documentación el área técnica de la DREM ha emitido el informe Nº 046-GRL-GRDE-DREM, que concluye de la documentación presentada cuyas copias obran en el Expediente, se puede dar cuenta que ha sido transferido en favor de Hidroeléctrica Huanchor S.A.C., el bloque patrimonial que incluye lo siguiente: a) La autorización para realizar la actividad de generación eléctrica de la Central Hidroeléctrica Tamboraque 2. b) Todos los terrenos e infraestructura relativos a la Central Hidroeléctrica Tamboraque 2. Por lo que es procedente la transferencia de la autorización a fi n de que el titular de dichos bienes lo sea también de la autorización. Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el Artículo 67º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y a las competencias establecidas y en uso de las atribuciones conferidas. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia de la autorización defi nitiva de generación con recursos energéticos renovables en favor de HidroeléctricaHuanchor S.A.C., donde se incluye: a) La autorización para realizar la actividad de generación eléctrica de la Central Hidroeléctrica Tamboraque 2. b) Todos los terrenos e infraestructura relativos a la Central Hidroeléctrica Tamboraque 2. Por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Tener como titular de la autorización mencionada en el artículo precedente a Hidroeléctrica Huanchor S.A.C., asumiendo todos los derechos y obligaciones otorgados por la Resolución Directoral.