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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (29/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Domingo 29 de setiembre de 2013 503905 Organizaciones Sociales de Venta de Golosinas y Flores del Distrito de Ate. d) El Gerente de la Gerencia de Desarrollo Económico. e) El Gerente de la Gerencia de Desarrollo Social. f) El Gerente de la Gerencia de Planifi cación. g) El Gerente de la Gerencia de Administración Tributaria. h) El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Formalización Empresarial. i) El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Defensa Civil. j) El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad. k) El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones. l) El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Fomento de la Inversión y Turismo. m) Sub Gerencia de Salud. n) Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro. o) Área de Saneamiento Ambiental de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines. Los representantes de las organizaciones de Venta de Golosinas y Flores para tener derecho a participar de la Comisión Técnica Mixta deberán acreditar su inscripción y reconocimiento en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), vigente a la fecha. El Alcalde del Distrito de Ate o su representante presidirá la Comisión Técnica Mixta. Artículo 5º.- De la recepción de los Puntos Factibles por parte de la Comisión Técnica Mixta: En concordancia con los artículos 7º, 25º, 26º y las Disposiciones Complementarias Cuarta, Quinta y Sexta de la Ordenanza Nº 302-MDA, el Presidente de la Comisión Técnica Mixta recibe de parte de la Gerencia Municipal el Informe Técnico y la Relación de Puntos Factibles para la ubicación de los Módulos de Venta y el modelo de Módulos e Indumentaria para la Venta de Golosinas y Flores, elaborado por las áreas competentes, antes de su aprobación por Decreto de Alcaldía. Artículo 6º.- De la etapa informativa, consultiva y resolutiva sobre los puntos factibles: Al haber recibido el Informe Técnico de la Relación de Puntos Factibles para la ubicación de los Módulos de Venta y el modelo de Módulos e Indumentaria, el Presidente de la Comisión Técnica Mixta convocará a reuniones de sus integrantes a fi n de recibir la sustentación técnica y consensuar la relación que contiene los Puntos Factibles y la propuesta de Indumentaria; debiendo elaborar el Acta Consensual correspondiente y remitirlo a la Gerencia de Desarrollo Económico para que emita el informe fi nal respectivo, el que será derivado al Gerente Municipal para el trámite correspondiente y posterior aprobación mediante Decreto de Alcaldía, de conformidad con el artículo 7º de la Ordenanza Nº 302-MDA . El plazo para el periodo informativo y consultivo no excederá de los 30 días hábiles. La ausencia de acuerdos y consensos en la Comisión Técnica Mixta luego del vencimiento del plazo correspondiente no impide la aprobación mediante Decreto de Alcaldía de la Relación de Puntos Factibles para la ubicación de los Módulos de Venta y el modelo de Módulos e Indumentaria para la Venta de Golosinas y Flores, elaborado por las áreas correspondientes. Artículo 7º.- DISPONER; la publicacion del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 8º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Comisión Técnica Mixta conformada y demás Unidades Orgánicas competentes de la Corporacion Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 994033-2 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban recepción de obras con modificación del proyecto de habilitación urbana de lotes de terreno de la lotización de “Huertos de Villa” RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 292/2013-GODU-MDCH Chorrillos, 11 de setiembre de 2013 Visto el Expediente Nº 17629-12 A1-A3, mediante el cual la SUC. CARLOS SANCHEZ MANRIQUE, solicita la Recepción de Obras con Modifi caciones de las obras de Habilitación Urbana Nueva para Uso de Vivienda y Comercio Especializado (Uso exclusivo) de los terrenos de 5,000.00 m2. cada uno, de su propiedad, constituido por los Lotes 28 y 30 de la Lotización de “Huertos De Villa “, ubicados en el Distrito de Chorrillos y denominado Urbanización Santa Laura, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución MLM/AM-SMDU Nº193 del 16 de Julio de 1987 el Secretario Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó la Habilitación Urbana de los Lotes 28 y 30 de la Lotización los “Huertos de Villa” ubicados en el Distrito de Chorrillos y denominada Urbanización Santa Laura, por un Área total de 10,000.00 metros cuadrados. Que, mediante Resolución Nº 021/2013-GODU- MDCH, del 06 de Febrero del 2013 el Gerente de Obras y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Chorrillos, resuelve APROBAR, La Recepción de Obras con Modifi cación del Proyecto de la Habilitación Urbana para Uso de Vivienda y Comercio Especializado (Uso exclusivo), de Los Lotes 28 y 30 de la Lotización de “Huertos de Villa” ubicados en el Distrito de Chorrillos y denominada Urbanización Santa Laura, Provincia y Departamento de Lima, por un Área total de 10,000.00 metros cuadrados. De conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2013-GODU-MDCH, trámite solicitado por la SUC. CARLOS SANCHEZ MANRIQUE. Que según Informe Nº 959/2013-GODU-SGCHU- MDCH, la subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas Informa : “El administrado ha presentado Anexo Nº 3 donde solicita se rectifi que la Resolución Gerencial, toda vez que el profesional responsable del presente trámite de Recepción de Obras de Habilitación Urbana incurrió en errores que fue pasado por alto en la califi cación, antes de la emisión de la Resolución Gerencial Nº 021-2013- GODU-MDCH de fecha 06-02-2013, por lo que procedo a detallar los mismos…” Que mediante Resolución Gerencial Nº 1333-2013- GM-MDCH del 27 de Agosto del 2013 el Gerente Municipal de la Municipalidad de Chorrillos Resuelve: DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial Nº021-2013-GODU-MDCH, debiendo retrotraerse el presente procedimiento administrativo hasta la etapa de emisión por parte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano del acto administrativo que dé respuesta a la solicitud efectuada por la Suc. Carlos Sánchez Manrique mediante Expediente Nº 17629-2012. Que mediante Informe Nº 1079/2013-GODU-SGCHU- MDCH la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de fecha 29-08-2013 explica: “Por lo que al haber sido declara la NULIDAD DE OFICIO se ha procedido a revisar los documentos presentados , así como información en nuestra Base de Datos, correspondiendo la Proyección de la Resolución Gerencial para su Aprobación”. Que, en el Artículo 2º de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, publicado con fecha 25 de Setiembre del 2007 y modifi cado por la Ley Nº 29476, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional; además determina las responsabilidades de los sujetos implicados