Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2014 (01/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 1 de MORDAZA de 2014

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contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1068933-5

y autorizacion de viaje de DOS (2) Oficiales Superiores, para que participen en la mencionada reunion; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MENACHO Pierola y del Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros, para que participen en la Reunion Anual entre el Capitan de Puerto de Puerto MORDAZA (Peru) y el representante del MORDAZA Distrito MORDAZA "Pando" (Bolivia), a realizarse en la MORDAZA de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, del 3 al 4 de MORDAZA de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, asimismo, con el fin de prever la participacion del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion; asi como, su retorno UN (1) dia despues del evento, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MENACHO Pierola, CIP. 00922134, DNI. 09456572 y del Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros, CIP. 00926589, DNI. 10285873, para que participen en la Reunion Anual entre el Capitan de Puerto de Puerto MORDAZA (Peru) y el representante del MORDAZA Distrito MORDAZA "Pando" (Bolivia), a realizarse en la MORDAZA de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, del 3 al 4 de MORDAZA de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 2 y su retorno el 5 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Terrestres: Puerto MORDAZA - Cobija (Estado Plurinacional de Bolivia) - Puerto MORDAZA US$ 495.00 x 2 personas US$ 990.00 Viaticos: US$ 370.00 x 2 personas x 2 dias US$ 1,480.00 ------------------TOTAL A PAGAR: US$ 2,470.00 Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 077-2014-MIDIS MORDAZA, 31 de marzo de 2014 VISTO: El Memorando N° 026-2014-MIDIS/GA, del Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el cual contempla que la Alta Direccion cuenta con un Gabinete de Asesores para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo, la coordinacion con otros sectores, niveles de gobierno y los poderes del Estado, incluido el Poder Legislativo, con la finalidad de impulsar el cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el cual fue objeto de reordenamiento mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS; Que, el referido Cuadro de Asignacion de Personal contempla los cargos de Asesores del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial como cargos de confianza; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Ministro de Estado tiene la funcion de designar a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar a la persona que desempene las funciones de Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusion Social;

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