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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (01/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Martes 1 de abril de 2014 520111 y autorización de viaje de DOS (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en la mencionada reunión; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Jesús Antonio MENACHO Piérola y del Capitán de Corbeta Agustín Luis FUENTES CASTRO Lecaros, para que participen en la Reunión Anual entre el Capitán de Puerto de Puerto Maldonado (Perú) y el representante del Sexto Distrito Naval “Pando” (Bolivia), a realizarse en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, del 3 al 4 de abril de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, asimismo, con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Jesús Antonio MENACHO Piérola, CIP. 00922134, DNI. 09456572 y del Capitán de Corbeta Agustín Luis FUENTES CASTRO Lecaros, CIP. 00926589, DNI. 10285873, para que participen en la Reunión Anual entre el Capitán de Puerto de Puerto Maldonado (Perú) y el representante del Sexto Distrito Naval “Pando” (Bolivia), a realizarse en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, del 3 al 4 de abril de 2014; así como, autorizar su salida del país el 2 y su retorno el 5 de abril de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Terrestres: Puerto Maldonado - Cobija (Estado Plurinacional de Bolivia) - Puerto Maldonado US$ 495.00 x 2 personas US$ 990.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 2 días US$ 1,480.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 2,470.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1068933-5 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2014-MIDIS Lima, 31 de marzo de 2014 VISTO: El Memorando N° 026-2014-MIDIS/GA, del Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, la coordinación con otros sectores, niveles de gobierno y los poderes del Estado, incluido el Poder Legislativo, con la fi nalidad de impulsar el cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2013- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual fue objeto de reordenamiento mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS; Que, el referido Cuadro de Asignación de Personal contempla los cargos de Asesores del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial como cargos de confi anza; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Ministro de Estado tiene la función de designar a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar a la persona que desempeñe las funciones de Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social;