Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2014 (15/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Martes 15 de MORDAZA de 2014

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el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2014, el mismo que vence: - Pago al Contado : 30 de MORDAZA - Pago Fraccionado: Primera Cuota : 30 de abril"... Articulo Segundo.- Modifiquese; el MORDAZA Parrafo del Articulo 2º de la Ordenanza Nº 332-MDA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO. Tratandose de propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion de pago para el ejercicio 2014 vence: - Pago al Contado : 30 de MORDAZA - Pago Fraccionado: Primera Cuota : 30 de abril"... Articulo Tercero.- Encarguese, a la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Tecnologias de la Informacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones su respectiva difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1073540-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican la Ordenanza Nº 332-MDA que aprobo fechas de vencimiento para el pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010 Ate, 11 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 332-MDA; el Informe Nº 0040-2014-MDA-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 332-MDA, de fecha 31 de enero del 2014 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 16 de febrero del 2014, se establecieron las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo para el ejercicio 2014; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 1º de la Ordenanza senalada en el parrafo precedente, establece que, el plazo para el pago del Impuesto Predial para los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir correspondientes al ejercicio 2014, vence el 31 de marzo del 2014; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del Articulo 2º, de la Ordenanza materia de autos, establece que, tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir la obligacion de pago para el ejercicio 2014, vence el 31 de marzo del 2014; Que, el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 332-MDA, faculta al MORDAZA para que dicte las normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga mediante Decreto de Alcaldia, de los mencionados vencimientos establecidos en la citada Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008 de fecha 28 de marzo del 2014 y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de marzo del 2014, se prorrogo el vencimiento de las obligaciones tributarias para los propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, hasta el 15 de MORDAZA del 2014; Que, mediante Informe Nº 0040-2014-MDA-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria senala que resulta necesario se otorgue un plazo adicional para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, motivo por el cual se hace necesario expedir la MORDAZA pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese; el MORDAZA Parrafo del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 332-MDA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Respecto a los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplia el plazo para

Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 334-MDA, que establecio beneficio de condonacion de deudas tributarias y no tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011 Ate, 11 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza Nº 334-MDA; el Informe Nº 00392014-MDA-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 334-MDA de fecha 31 de enero del 2014, y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 de MORDAZA del 2014, se establecio el Beneficio de Condonacion de Deudas Tributarias y No Tributarias, a favor de las personas naturales y juridicas, con el objeto de incentivar la regularizacion de sus obligaciones, generadas hasta la fecha de entrada en vigencia de la citada Ordenanza, que se encuentren pendientes de pago en la via ordinaria o coactiva; Que, la Ordenanza Municipal MORDAZA indicada en su Sexta Disposicion Complementaria, faculta al Senor MORDAZA para que dicte normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga mediante Decreto de Alcaldia de la ampliacion de la vigencia del beneficio otorgado a traves de la referida Ordenanza, para lo cual debera contar con el informe previo de la Gerencia de Administracion Tributaria; Que, mediante Informe Nº 0039-2014-MDA-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria senala que considera necesario el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias,

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