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El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521083 de trasladar a un paciente en estado crítico de salud que requiere de tratamiento médico especializado de emergencia en un Centro Médico ubicado en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el día 15 de abril de 2014; Que, en atención a lo solicitado es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Naval que conformarán la tripulación de la aeronave Tipo Fokker F-60 y personal médico, que realizará el vuelo de apoyo/ambulancia aérea, hacia la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el día 15 de abril de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/ SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que conformará la tripulación de la aeronave Tipo Fokker F-60 y personal médico, que realizará un vuelo de apoyo/ambulancia aérea, hacia la ciudad Santiago de Chile, República de Chile, el día 15 de abril de 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Tripulación: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Capitán de Navío Miguel Ángel Martín PINTO Vindrola 04833296 43425813 Capitán de Navío Santiago COBOS Chavarri 00889647 43880305 Teniente Primero Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate 00930817 40139112 Técnico 1º Mav. Melchor Gaspar VILLANUEVA Alcántara 02864393 43280274 Técnico 3º Moa. Charles Andrés CANCHEROS Cárdenas 00939390 43433576 Personal Médico: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Capitán de Navío SN (MC) Jorge Fernando GOMEZ Lamllen 01801934 29251352 Enfermera II Nivel 12 Hilaria Viviana CASTRO Tacuche 00911884 10107379 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$ 370.00 x 1 día x 7 personas US$ 2,590.00 TOTAL A PAGAR: US$ 2,590.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1074301-2 Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2014-DE/FAP Lima, 15 de abril de 2014 Visto la Carta de fecha 31 de marzo de 2014 de la empresa Pacifi c Aerospace Resources & Technologies, LLC, el Ofi cio NC-55-COE3-Nº 0749 de fecha 03 de abril de 2014 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 1255 de fecha 08 de abril de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con una (01) aeronave de alta performance Boeing 737-528 FAP 356 asignada al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, la cual realiza vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socio económico y vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, actualmente la aeronave mencionada en el considerando precedente, se encuentra recibiendo el Servicio de Inspección Check “C” Paquete de 16 años en la ciudad de Victorville, Estado de California – Estados Unidos de América, el mismo que es realizado por la empresa Pacifi c Aerospace Resources & Technologies, LLC; Que, mediante la Carta de fecha 31 de marzo de 2014, la empresa Pacifi c Aerospace Resources & Technologies, LLC, informa que ha programado el proceso de verifi cación documentaria, verifi cación de los trabajos realizados, entrega de la aeronave Boeing 737-528 FAP 356 y la realización de las pruebas funcionales en tierra y vuelos de comprobación, del 21 al 29 de abril de 2014, en las instalaciones de su Estación Reparadora ubicada en la ciudad de Victorville – Estado de California – Estados Unidos de América; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a