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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (16/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521090 con el debido sustento. El órgano que declare la viabilidad del PIP analizará la propuesta y emitirá, de corresponder, su conformidad, en el Informe Técnico de Evaluación del PIP. Artículo 2°.- Actualización Las actualizaciones del Anexo SNIP 10 de la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, se realizarán conforme a lo dispuesto en el penúltimo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 3°.- Publicación Dispóngase la publicación en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Pública, del Anexo SNIP 10 de la Directiva N° 001-2011-EF/68.01 a que se refi ere el artículo 1º de la presente norma, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELOY DURAN CERVANTES Director General Dirección General de Política de Inversiones 1074131-2 ENERGIA Y MINAS Modifican artículo de la R.S. Nº 015- 2014-EM, mediante la cual se autorizó viaje del Viceministro de Minas a Canadá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2014-EM Lima, 15 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 015-2014-EM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 07 de abril de 2014, se autorizó por excepción el viaje del señor Guillermo Shinno Huamaní, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a Canadá, como parte de la delegación que acompañó al Señor Presidente de la República en su visita de Estado, entre los días 08 al 12 de abril de 2014; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema autorizó el gasto por concepto de viáticos, en la suma de US$ 2, 200.00 (Dos mil doscientos dólares americanos), no reconociendo el pago por concepto de pasajes aéreos y tarifa única por uso de aeropuerto, motivo por el cual, resulta necesario modifi car el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 015-2014-EM; Que, los gastos que ocasione la modifi cación del artículo 2 de la Resolución Suprema mencionada, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuesta! N° 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por los Decretos Supremos N° 005-2006-PCM y N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 015-2014-EM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aéreo US$ 675.00 - Viáticos (por 05 días) US$ 2,200.00 Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1074301-4 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Cuba, para recibir tratamiento médico quirúrgico especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2014-IN Lima, 15 de abril de 2014 VISTO, el Ofi cio Nº 58-2014-IN-SALUDPOL-GG- DIVLOG-OTRAEVA del 21 de enero de 2014, relacionado a la autorización de viaje al extranjero del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Jorge Esteban ESPINOZA PORTUGUEZ, para recibir tratamiento médico especializado en el Centro Internacional de Restauración Neurológica de La Habana - Cuba, por un período de ciento quince (115) días, en compañía de un familiar. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al acuerdo del Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 5310-2013-DIRSAL-PNP/ DIREJOSS/HN-LNS-PNP-DIVCIR-DEPTRA.Jef. del 28 de octubre de 2013, se acordó que el paciente Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Jorge Esteban ESPINOZA PORTUGUEZ, debe recibir tratamiento por medicina física y rehabilitación integral de codo derecho (terapia multifactorial neurológica intensiva), en un centro altamente especializado, en el extranjero, por padecer de “fractura expuesta por proyectil de arma de fuego, húmero derecho con compromiso articular y neurológico, rigidez codo derecho”; Que, el Gerente de Operaciones de la Ofi cina de Servicios Médicos Internacionales S.A.C. señala que el Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú, Jorge Esteban ESPINOZA PORTUGUEZ, deberá permanecer ciento quince (115) días, en la ciudad de La Habana – Cuba, siendo el costo de su permanencia la cantidad de treinta y nueve mil trescientos tres con 50/100 Dólares Americanos (US$ 39,303.50); Que, el Secretario del Directorio del Fondo de Aseguramiento de Salud de la Policía Nacional del Perú, informa que en Sesión Extraordinaria Nº 15 llevada a cabo el 28 de diciembre de 2013, se acordó autorizar a la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento de Salud de la Policía Nacional del Perú, para que realice la transferencia económica por el importe de treinta y siete mil novecientos veintinueve con 00/100 Dólares Americanos (US$ 37,929.00), al Centro Internacional de Restauración Neurológica de La Habana - Cuba, a través de la Empresa Servicios Médicos Internacionales S.A.C., para el tratamiento quirúrgico especializado y rehabilitación