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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (25/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Viernes 25 de abril de 2014 521625 Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema contará con el refrendo del Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1076647-14 Aprueban nuevas Bases para la Primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas No Conectadas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 043-2014-MEM/VME Lima, 10 de abril 2014 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Numeral 7.1 del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, corresponde al Ministerio de Energía y Minas elaborar y aprobar las Bases de la Subasta de Áreas No Conectadas a Red; Que, mediante Resolución Vice Ministerial 119-2013- MEM-VME, de fecha 20 de septiembre de 2013, se aprobaron las Bases de la Primera Subasta de Suministro de Electricidad con RER en Áreas No Conectadas; Que, mediante comunicación del 16 de enero del 2014, el Comité de Conducción de la Primera Subasta de Suministro de Electricidad con RER en Áreas No Conectadas, realizó observaciones a las Bases de la Subasta RER aprobadas; Que, de la evaluación de las observaciones a las Bases realizadas por el Comité, se desprende que las mismas requieren ser reformuladas para defi nir la eventual participación de las Empresas de Distribución de Energía Eléctrica de Propiedad Estatal en la actividad de comercialización, además de diversos ajustes asociadas a esta modifi cación; Que, de la evaluación de las observaciones a las Bases realizadas por el Comité, también se desprende que es necesario remitir los Contratos que constan como Anexos de las Bases; Estando a lo dispuesto por el Numeral j) del Artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031- 2007-EM, y el Numeral 7.1 del Artículo 7 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020- 2013-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las nuevas Bases para la Primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas No Conectadas. Artículo 2.- Dejar sin efecto las Bases aprobadas mediante Resolución Vice Ministerial 119-2013-MEM- VME, de fecha 20 de septiembre de 2013. Artículo 3.- Las Bases aprobadas en el Artículo 1 de la presente Resolución, serán publicadas en el Portal Web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN QUINTANILLA ACOSTA Viceministro de Energía 1076154-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2014-IN Lima, 24 de abril de 2014 VISTO, el Ofi cio N° 2568-2014-MP-FN-UCJIE(EXT 14-12) del 27 de marzo de 2014, suscrito por Jaime A. RICRA HUAMÁN Fiscal Provincial de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, en el que adjunta el Ofi cio DAI N° 20141700019401 del 19 de marzo de 2014, mediante el cual el Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación de la República de Colombia informa que el Gobierno Nacional colombiano con Resolución Ejecutiva N° 168 del 14 de junio de 2013, concedió la extradición a Perú del ciudadano colombiano Raúl DUQUE CAMARGO, identifi cado con la cédula de ciudadanía 15.025.763; por tal motivo solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de Colombia hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 146-2012- JUS del 12 de octubre de 2012, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Raúl DUQUE CAMARGO, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas – Adquisición, posesión y acondicionamiento de clorhidrato de cocaína con fi nes de comercialización, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 118-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 2 de abril de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del 28 de abril al 2 de mayo de 2014, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Sandro Alberto CUBA CARPIO y del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Raymundo Máximo DE LA CRUZ VARGAS, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Raúl DUQUE CAMARGO, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas – Adquisición, posesión y acondicionamiento de clorhidrato de cocaína con fi nes de comercialización, en agravio del Estado peruano; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 128-2014- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 2 de abril de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores