Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (25/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Viernes 25 de abril de 2014 521631 representantes de las entidades participantes en el referido proceso de selección, a fin de no incurrir en mayores tiempos de espera para el abastecimiento de dichos medicamentos, según Acta de Reunión N° 001- 2014 de fecha 24 de febrero de 2014; Que, con Informe N° 005-2014-DIGEMID-DAUM- ACCESO/MINSA, alcanzado a través de la Nota Informativa N° 096-2014-DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/ MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID emite opinión favorable respecto a la exclusión de los cuarenta y un (41) medicamentos incluidos en el Listado aprobado por la Resolución Ministerial N° 448-2013/MINSA, que fueron declarados desiertos en la Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial N° 010-2013-DARES/MINSA; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017 y modifi cada por Ley N° 29873, la normativa de contrataciones está orientada a maximizar el valor del dinero en las contrataciones que realicen las Entidades del Sector Público, con la fi nalidad que éstas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a través del cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 4° de la citada Ley; Que, el Principio de Efi ciencia contemplado en el literal f) del artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado, dispone que las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles, debiendo observar criterios de celeridad, economía y efi cacia; Que, el artículo 85-A del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modifi cado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF, establece que las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a establecer, mediante Resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarán a través de compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de estas últimas; Que, teniendo en cuenta lo solicitado por los representantes de las entidades participantes en la Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial N° 010- 2013-DARES/MINSA, y en atención a lo indicado por la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente, con la fi nalidad de excluir cuarenta y un (41) medicamentos del Anexo N° 1 de la Resolución Ministerial N° 448-2013/MINSA que aprueba el Listado de Productos Farmacéuticos para la compra corporativa de productos farmacéuticos para el abastecimiento del año 2014; Con el visado de la Directora General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184- 2008-EF, y sus modifi catorias, y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Excluir del Anexo Nº 1 que contiene el Listado de Productos Farmacéuticos de la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2014 aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2013/MINSA, los cuarenta y un (41) medicamentos detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, notifi que la presente Resolución Ministerial a las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para la adquisición del año 2014, contempladas en el Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial Nº 448-2013/ MINSA. Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1076006-2 Rectifican error material incurrido en las RR.MM. Nºs. 738 y 775-2013/ MINSA, en extremo referido a título de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2014/MINSA Lima, 22 de abril del 2014 Visto, el Expediente Nº 13-127535-001, que contiene, la Nota Informativa N° 288-2013-JGDM-PGH/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 738-2013/ MINSA, de fecha 15 de noviembre del 2013, se autorizó el viaje del señor Andrés Enrique Medina Ayala, Asesor del Despacho Ministerial, a la ciudad de Salt Lake City, Utah, Estados Unidos de América, para que participe en representación del Ministerio de Salud en la reunión intersectorial del Grupo de Negociación de Propiedad Intelectual en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) del 18 al 22 de noviembre de 2013; Que, asimismo con Resolución Ministerial Nº 775-2013/ MINSA, de fecha 3 de diciembre de 2013, se autorizó el viaje del señor Andrés Enrique Medina Ayala, Asesor del Despacho Ministerial, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para que participe en representación del Ministerio de Salud en la reunión de Ministros de Comercio Exterior en el Capítulo de Propiedad Intelectual en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP); Que, mediante el documento del visto, se solicita efectuar los trámites pertinentes para la rectifi cación de las resoluciones ministeriales mencionadas, toda vez que en las mismas se señaló por error el título de Economista al señor Andrés Enrique Medina Ayala, Asesor del Despacho Ministerial, siendo lo correcto consignar el de Bachiller y Magister en Economía; Que, el numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, el numeral 201.2 del citado Artículo 201º de la mencionada Ley Nº 27444, dispone que la rectifi cación debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan al acto original; Que, habiéndose constatado los errores materiales precitados en las Resoluciones Ministeriales mencionadas y siendo que la rectifi caciones solicitadas no alteran lo esencial del contenido, ni el sentido de las mismas, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y del Secretario General; De conformidad con lo previsto en el Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el numeral 8) del Artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.