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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (25/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 79

El Peruano Viernes 25 de abril de 2014 521641 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y, técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales a nivel regional y nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, tiene previsto en su Plan Operativo del presente año, la ejecución del “Estudio de Impacto del Programa Beca 18”, en el área urbana y rural de los 24 departamentos del país, incluyendo la Provincia Constitucional del Callao; Que, dicho Estudio permitirá disponer de información estadística para evaluar el impacto de la implementación del programa “Beca 18”, el cual tiene por objetivo mejorar la equidad en el acceso a la Educación Superior, garantizando la permanencia y culminación de los estudios de los benefi ciarios y fortaleciendo el desarrollo del país desde la perspectiva de inclusión social, en el marco del Presupuesto por Resultados; Que, resulta necesario autorizar la ejecución del “Estudio de Impacto del Programa Beca 18”, el que cuenta con los documentos metodológicos como: fi cha técnica, manuales de capacitación y los formularios correspondientes, que requieren ser aprobados para efectos de lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, con la opinión de la Sub Jefatura de Estadística, la visación de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ejecución del “Estudio de Impacto del Programa Beca 18”, que se aplicará a 3 406 jóvenes residentes en el ámbito urbano y rural de los 24 departamentos del país, que postularon durante el año 2013 al Programa Beca 18. Estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática pertinentes. Artículo 2º.- Aprobar, el “Cuestionario del Postulante” dirigido a los postulantes al Programa Beca 18 y el “Formulario de la Institución de Educación Superior” dirigido a los Gestores y/o Coordinadores del Programa Beca 18, en las Instituciones Educativas de Educación Superior. Artículo 3º.- Establecer, como período de referencia del Estudio, el año 2013. El Estudio de Impacto del Programa Beca 18, se ejecutará bajo dos modalidades: entrevista directa y auto-empadronamiento. La entrevista directa, será aplicada a los postulantes al programa Beca 18, sean o no becarios y, el auto-empadronamiento, a las Instituciones de Educación Superior. Registrese y comuníquese. ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 1076148-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Designan Asesor II del Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 030-2014-SUNAFIL Lima, 23 de abril de 2014. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafi l, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, el Cuadro para Asignación de Personal de la Superintendencia Nacional de Supervisión Laboral – Sunafi l, aprobado por Resolución Suprema Nº 019- 2013-TR, prevé el cargo de Asesor II del Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Supervisión Laboral; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho del Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral, siendo necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita ROSALYNN MILUSKA YUPANQUI PACHECO en el cargo de Asesor II del Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO ORTEGA LOAYZA Superintendente 1076539-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de Representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Política Criminal a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 031-2014-P-CE-PJ Lima, 14 de abril de 2014 VISTOS: El Oficio N° 158-2014-JUS/DM, cursado por el Ministro de Justicia y Derechos Humano; Oficio N° 812- 2014-JUS/DGPCP, remitido por el Director General de Política Criminal y Penitenciaria; solicitudes cursadas por el doctor Víctor Prado Saldarriaga, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; y Oficio N° 549-2014-GG/PJ, del Gerente General (e) del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 315-2012-P-PJ, de fecha 13 de julio de 2012, se designó al doctor Víctor Prado Saldarriaga, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, como Representante ante el Consejo Nacional de Política Criminal.