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El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014 529071 Autorizan Cuarto Tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del D.S. Nº 098-2014-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2014-EF/52 Lima, 31 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, ante el menor crecimiento de la economía mundial observado en la actualidad, y su impacto negativo en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fi n de asegurar la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales fi nanciados con los ingresos provenientes de los conceptos canon y otros, mediante el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 098-2014-EF, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada, en uno o varios tramos, durante el Año Fiscal 2014, y que se destinará a fi nanciar proyectos de inversión pública, que se encuentran en la etapa de ejecución, a cargo de los Gobiernos Regionales y que el respectivo contrato para la ejecución bajo la modalidad de Administración Indirecta sea suscrito como máximo hasta el 31 de julio de 2014, conforme a la ampliación establecida por la Resolución Ministerial Nº 167-2014-EF/52; Que, el numeral 1.2 del acotado Artículo 1 dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se autoriza cada tramo de bonos soberanos, que podrán ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, el numeral 1.3 del mencionado Artículo 1 establece que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas se aprobará el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y los Gobiernos Regionales, a efectos de transferir los fondos provenientes de la colocación de bonos soberanos antes mencionados, para fi nanciar los proyectos de inversión pública en etapa de ejecución, a cargo de dichos Gobiernos Regionales, y establecer los términos y condiciones relativos a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso; Que, mediante la Resolución Directoral N° 037-2014- EF/52.01, se aprobó la “Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF” Que, en el marco de las normas antes señaladas, el Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho y el Gobierno Regional del Departamento de Junín han presentado a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, los documentos requeridos para acceder al fi nanciamiento proveniente de la emisión de bonos soberanos aprobada por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 098-2014-EF; Que, de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 098-2014-EF, se ha determinado que el monto máximo a ser otorgado al Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho asciende a la suma de S/. 69 230 939,77 (SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 77/100 NUEVOS SOLES) para el proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Miguel Angel Mariscal Llerena de Ayacucho”; Que, asimismo, sobre la base de los criterios establecidos en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 098- 2014-EF, y teniendo en cuenta los requerimientos de otros Gobiernos Regionales para acceder al fi nanciamiento en el marco del citado Decreto Supremo, se ha determinado que el monto máximo a ser otorgado al Gobierno Regional del Departamento de Junín asciende a S/. 100 615 504,26 (CIEN MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS CUATRO Y 26/100 NUEVOS SOLES), de los cuales la suma de S/. 42 642 678,64 es para el proyecto “Mejoramiento de la carretera Chupuro - Vista Alegre - Chicche - Chongos Altos - Huasicancha, Provincia de Huancayo - Departamento de Junín”, y el monto de S/. 57 972 825,62 es para el proyecto “Implementación del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú”; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el cuarto tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF, destinado a fi nanciar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Junín y del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho mencionados en los considerando precedentes; así como aprobar los respectivos Convenios de Traspaso de Recursos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 098-2014-EF, la Resolución Directoral N° 037-2014-EF/52.01, que aprueba la “Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF” y la Resolución Ministerial N° 167-2014-EF/52; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorícese el Cuarto Tramo de hasta S/. 169 846 444,03 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 03/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto Supremo Nº 098-2014-EF, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a fi nanciar el proyecto de inversión pública en ejecución “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Miguel Angel Mariscal Llerena de Ayacucho”, hasta por la suma de S/. 69 230 939,77 (SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 77/100 NUEVOS SOLES), a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho; el proyecto de inversión pública en ejecución “Mejoramiento de la carretera Chupuro - Vista Alegre - Chicche - Chongos Altos - Huasicancha, Provincia de Huancayo - Departamento de Junín”, hasta por la suma de S/. 42 642 678,64 (CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 64/100 NUEVOS SOLES), a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Junín; y el proyecto de inversión pública en ejecución “Implementación del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú”, hasta por la suma de S/. 57 972 825,62 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 62/100 NUEVOS SOLES), a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Junín. Artículo 2º.- Para los fi nes de la colocación del cuarto tramo que se autoriza en el Artículo precedente, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos y el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 096-2013-EF y los bonos soberanos contarán con las siguientes características: Monto : S/. 169 846 444,03 Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Estructurador : Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Moneda : Nuevos Soles Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocación : A través de subastas, en el marco del Programa de Creadores de Mercado o mecanismo que lo sustituya. Plazo de colocación : En varias fechas hasta el 31 de diciembre de 2014. Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima Servicio de deuda : El servicio de amortización, intereses,