Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2014 (13/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

529818
alterno, mediante carta de su Presidente, la misma que sera comunicada a la Secretaria Tecnica de la Comision, en un plazo no mayor a cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo, a fin que el Ministerio de la Produccion emita la respectiva Resolucion Ministerial que los acredite. Dicha Resolucion Ministerial sera expedida en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles. 3.4. La Comision podra invitar a participar de sus reuniones, a representantes de otras entidades, publicas o privadas, asi como a personas naturales o juridicas, cuya participacion pueda coadyuvar a la consecucion de su objeto. La Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de la Competitividad, a traves de su Director Ejecutivo o su representante, participara de las reuniones de la Comision y en los Grupos Tecnicos que se conformen en el MORDAZA del objeto y funciones de la Comision. 3.5. La Comision podra solicitar la colaboracion, asesoramiento, apoyo, opinion y aporte tecnico de otras entidades publicas o privadas, nacionales o internacionales, como de cooperacion internacional, a fin de que contribuyan al cumplimiento de sus funciones. 3.6. La Comision puede requerir a otras entidades del Sector Publico, la documentacion e informacion para el cumplimiento de sus funciones. Las entidades del Sector Publico deben entregar a la Comision la informacion que les sea requerida, salvo las excepciones de Ley. Articulo 4.- Funciones de la Comision Multisectorial Son funciones de la Comision, las siguientes: 4.1. Liderar la coordinacion de la ejecucion del Plan Nacional de Diversificacion Productiva con las entidades e instituciones publicas y/o privadas encargadas de las distintas actividades incluidas en el mencionado Plan; 4.2. Realizar el seguimiento y evaluacion al Plan Nacional de Diversificacion Productiva, y realizar propuestas para la mejora de los objetivos y medidas especificas, asi como metas e indicadores del Plan; 4.3. Ejecutar las actividades complementarias que fueran necesarias para lograr los objetivos que le son encomendados; 4.4. Elaborar un reporte de los avances y resultados alcanzados respecto de la implementacion del Plan Nacional de Diversificacion Productiva; 4.5. Elaborar su Reglamento Interno; 4.6. Otras funciones relacionadas con el objeto y dentro del ambito de competencia de la Comision. Articulo 5.- Presidencia y Secretaria Tecnica La Presidencia de la Comision esta a cargo del Ministro de la Produccion, quien tiene MORDAZA dirimente y representa a la Comision en los actos publicos en los que participe. La Secretaria Tecnica de la Comision esta a cargo del Viceministerio de MYPE e Industria. La Secretaria Tecnica es designada mediante Resolucion Ministerial del Sector Produccion. La Secretaria Tecnica tiene entre sus funciones: 5.1. Proponer a la Comision el diseno de los planes de accion para la ejecucion del Plan Nacional de Diversificacion Productiva y las medidas normativas necesarias para alcanzar los objetivos y metas trazadas, asi como para su revision y mejoras; 5.2. Liderar la ejecucion del Plan Nacional de Diversificacion Productiva en coordinacion con los agentes claves involucrados; 5.3. Monitorear las actividades establecidas en el Plan Nacional de Diversificacion Productiva correspondientes a los organismos involucrados en la ejecucion del indicado Plan; 5.4. Evaluar los resultados e impacto del Plan Nacional de Diversificacion Productiva para retroalimentar su diseno; y, 5.5. Otras actividades que dentro de su ambito le encargue o solicite la Presidencia. Articulo 6.- De los Grupos Tecnicos 6.1. La Comision podra conformar Grupos Tecnicos para areas especificas, en el MORDAZA del objeto y funciones de la Comision. 6.2. Sin perjuicio de los representantes que conforman los Grupos Tecnicos, estos podran designar especialistas,

El Peruano Miercoles 13 de agosto de 2014

a fin que apoyen las medidas tecnicas especializadas necesarias para implementar los acuerdos de la Comision. 6.3. Los Grupos Tecnicos podran convocar invitados de instituciones publicas, privadas o de la sociedad civil distintas a las senaladas en el articulo 3 del presente Decreto Supremo. Articulo 7.- Instalacion de la Comision Multisectorial La Comision se instalara dentro de los quince (15) dias habiles, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 8.- Gastos Para el cumplimiento de sus funciones, la Comision no demandara recursos adicionales del Tesoro Publico. Cada pliego presupuestal asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes o el cumplimiento de las acciones encargadas. Los miembros de la Comision asi como los Grupos Tecnicos Tematicos, ejerceran sus funciones en forma ad honorem. Articulo 9.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, y los Ministros de la Produccion, de Economia y Finanzas, de Transportes y Comunicaciones, de Comercio Exterior y Turismo, de Agricultura y Riego, y de Energia y Minas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- FACULTAD PARA LA APROBACION DEL REGLAMENTO INTERNO El Reglamento Interno de la Comision contiene disposiciones para su institucionalizacion y funcionamiento. En un plazo no mayor de veinte (20) dias habiles contados a partir de la sesion de su instalacion, la Comision aprobara su respectivo Reglamento Interno, el cual sera aprobado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1122706-1

Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa de dialogo para el desarrollo de las comunidades nativas de los distritos de San MORDAZA de MORDAZA y Huarango, de la provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0169-2014-PCM MORDAZA, 6 de agosto de 2014

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.