Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2014 (13/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a los que se hace referencia en el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1122706-2

El Peruano Miercoles 13 de agosto de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento rural
DECRETO SUPREMO Nº 233-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; senalando que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo y desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 crea el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ­ MIDIS, con la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de pre-inversion, la reformulacion de estudios de proyectos de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, asi tambien para las intervenciones en infraestructura de caminos de herradura, las intervenciones en agua y saneamiento, electrificacion y telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros educativos y de salud a tales servicios, y, en la fase de post inversion, la operacion de proyectos de inversion publica; en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50 % de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el citado Ministerio, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos; con el

objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, asimismo, dicho articulo establece que las entidades del gobierno nacional pueden suscribir convenios, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas juridicas privadas, segun corresponda, para la ejecucion de los mencionados proyectos de inversion publica, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel Institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este ultimo, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2014-EF, se autoriza la incorporacion de recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE, via Credito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 83 198 106,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, para financiar la ejecucion de noventa y dos (92) intervenciones en infraestructura de servicios, correspondiendole al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 55 616 406,00), destinados al financiamiento de veinticuatro (24) proyectos de inversion publica de infraestructura de agua y saneamiento rural; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 172-2014EF, se autorizo la incorporacion de recursos, del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE, via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 809 886,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para financiar la ejecucion de once (11) intervenciones en agua y saneamiento; Que, con los Memorandos Nº 643 y 645-2014/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicita gestionar un dispositivo legal que autorice una transferencia de recursos por la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 699 109,00), para financiar doce (12) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, los cuales se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) y que se han suscrito los convenios respectivos, precisando que el financiamiento sera atendido con cargo a los recursos incorporados, via Credito Suplementario, en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, provenientes del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE; Que, mediante Memorando Nº 225-2014/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, emite opinion favorable en materia presupuestal sobre la transferencia de recursos referida en el considerando precedente, e informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados del Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para financiar la ejecucion de los proyectos de inversion publica de saneamiento rural y precisa que los proyectos a financiar se encuentran declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), senalando que se han suscrito los convenios correspondientes; en merito de lo cual, a traves del Oficio

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