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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (13/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Miércoles 13 de agosto de 2014 529835 Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para la certifi cación señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, según lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, la inspección solicitada en el laboratorio antes indicado para la obtención del Certifi cado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), se llevará a cabo del 18 al 22 de agosto de 2014; Que, con Memorando Nº 1791-2014-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje que realizarán del 14 al 24 de agosto de 2014, los Químicos Farmacéuticos Elmer Edgar Andia Torre y Gloria Mélida García Molina, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, para realizar la inspección solicitada, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud para pasajes en tarifa económica, así como viáticos para cinco días y el equivalente a un día adicional por gastos de instalación, para dos personas; Que, mediante Informe Nº 155-2014-ODRH-OGGRH/ MINSA, remitido a través del Memorándum Nº 1769-2014- OGGRH-ODRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de los referidos profesionales, señalando que se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, en tal sentido considerando que la Empresa ALFER FARMACEUTICA S.A., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), a la que hace referencia la Ley Nº 29459, Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al Laboratorio antes señalado; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la supervisión de las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros y que serán materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; en el artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modifi catoria; y en la Directiva Administrativa para la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los Químicos Farmacéuticos Elmer Edgar Andia Torre y Gloria Mélida García Molina, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Delhi, República de la India, del 14 al 24 de agosto de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA c/u US$ 5,206.64 para 2 personas) : US$ 10,413.28 - Viáticos por 6 días (c/u US$ 3,000.00, para 2 personas) : US$ 6,000.00 Total : US$ 16,413.28 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno los referidos profesionales deberán presentar un informe detallado, dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en la actividad a las que acudirán y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1122703-6 Autorizan viaje de profesionales del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2014-SA Lima, 12 de agosto del 2014 CONSIDERANDO: Que, en el Centro de Atención a Pacientes Especiales (CAPE) de la Escuela de Odontología de la Universidad de Sao Paulo, de la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, se llevará a cabo una pasantía como Visitantes Observadores, del 15 al 30 de agosto de 2014; Que, con Resolución Directoral N° 062-2014-INSN- DG-OP de fecha 27 de enero de 2014, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2014 del Instituto Nacional de Salud del Niño, que consta de 280 actividades educativas, entre las que se encuentra la realización de las pasantías denominadas: “Atención de Pacientes Infantes” y “Atención de Pacientes Pediátricos con Enfermedades Sistémicas”, contemplándose como participantes a los cirujanos dentistas Rosario Loaiza De la Cruz de Arce y Gilmer Torres Ramos, respectivamente; Que, mediante comunicaciones de fecha 19 de marzo de 2014, la Presidenta del Comité para Asuntos Internacionales y del Laboratorio Especial de Láser del Departamento de Odontología de la Facultad de Odontología de la Universidad de Sao Paulo, comunica que los citados profesionales del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, han sido aceptados como Visitantes Observadores en el Centro de Atención a Pacientes Especiales (CAPE), de la Escuela de Odontología de la referida Universidad, del 15 al 30 de agosto de 2014; Que, a través de los Ofi cios N°s. 2972-DG N° 1315- OEA N° 1660-OP-INSN-2014 y 2973-DG N° 1316- OEA N° 1659-OP-INSN-2014, la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de los citados profesionales del Instituto Nacional a su cargo, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, para que participen en la referida actividad educativa, en el marco del Plan de Desarrollo de las Personas 2014 del Instituto Nacional de Salud del Niño; Que, el Instituto Nacional de Salud del Niño, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud